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Jueves, 24 de Mayo de 2012

La regasificadora irregular

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha recibido la  resolución del Ayuntamiento de Gijón en la que nos comunica que se informa favorablemente de la licencia de la planta regasificadora del Musel solicitada por Enagas, en la que lleva trabajando sin licencia desde noviembre.

Enviado por: ECOticias.com / Red / Agencias, 09/05/2010, 18:13 h | (73) veces leída

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha recibido la  resolución del Ayuntamiento de Gijón en la que nos comunica que:
 
- Se informa favorablemente de la licencia de la planta regasificadora del Musel solicitada por Enagas de conformidad al proyecto presentado.
 
- Conceder a Enagas la licencia de obra para la planta regasificadora
 
- Desestimar las alegaciones presentadas por varias entidades
 
Una vez nos sorprende la tolerancia y el coladero que supone este tramite obligatorio para esta obra, que como todo el mundo sabe la Coordinadora ya denuncio el pasado noviembre por estar ejecutándose si licencia alguna. Se les da la licencia a pesar de las irregularidades que se han dado en el proceso:

- El proyecto original solicitado no tramitaba la totalidad de la obra, se solicita únicamente para la terminal de regasificación, que ocupa 178.000  metros cuadrados, pero no incluye las áreas correspondientes a los tanques de almacenamiento  que son 20.692 metros cuadrados, en la mitad del proceso administrativo se añade, sin permitirnos a los alegantes valorar este añadido al proyecto original.

- Se falsea la ubicación, al negar que existen vecinos a menos de 2.000 metros, como es manifiesto, al ubicarse allí los vecinos de los barrios de Jove, Rubín, Jove de Arriba, Las Cabaña, El Muselín.

Se consideran "peligrosas" las que tengan por objeto fabricar, manipular, expender o almacenar productos susceptibles de originar riesgos graves por explosiones, combustiones, radiaciones u otros de análoga importancia para las personas o los bienes. Por lo que es de aplicación, en lo que se refiere a las distancias del emplazamiento, al ser consideradas como peligrosas, como regla general, una distancia superior a 2.000 metros, a contar del núcleo más próximo de población agrupada.


No se  respetaron los plazos legalmente establecidos, lo que convierte al proceso de información en nulo por defecto de forma, por lo que vamos a recurrir esta resolución municipal.



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