El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado en su reunión de hoy el Plan Estatal de Inspección en materia de Traslados Transfronterizos de Residuos 2021-2026 (PEITTR), según lo acordado con el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales y el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Dirección General de la Guardia Civil.
De este modo, el MITECO cumplecon las obligaciones comunitarias establecidas en materia de traslado de residuos en el ámbito de sus competencias ejecutivas en esta materia. El objetivo del documento es crear un instrumento eficaz para fortalecer y garantizar el cumplimiento de la normativa sobre traslados de residuos mediante inspecciones más eficaces, así como garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente y favorecer la economía circular.
De este modo, el plan configuralas bases de un marco de orientación estratégico en inspección de los traslados transfronterizos de residuos entre España y terceros países, así como los traslados en tránsito por territorio español, para garantizar una planificación periódica y coherente de las inspecciones en esta materia, que se desarrollarán anualmente a través de los programas anuales de inspección. En estos programas se concretará el régimen de las inspecciones en base a los resultados de la evaluación de riesgos.
Mientras que una parte de estas inspecciones se realizarán en las Aduanas, el resto de las mismas se hará en establecimientos, empresas, agentes y negociantes de residuos autorizados. También se llevarán a cabo controles en el origen, transporte hasta o desde las Aduanas y en el destino de los residuos.
En el plan también se determinan los requisitos de información que deberán tenerse en cuenta durante los traslados de residuos entre países y también las tareas asignadas a las autoridades competentes y los dispositivos de los que disponen para su correcto desarrollo. Aunque el PEITTR tendrá una duración de seis años, será revisado en 2024 por si fuera necesario actualizarlo.
Para ejecutar el plan será necesaria la colaboración de todas las autoridades competentes en materia de inspección de traslados de residuos en todo el territorio nacional, que son el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, las Comunidades Autónomas, el Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales, y el SEPRONA de la Guardia Civil y de otros cuerpos de seguridad del estado y autonómicos. Para ello, ya existen convenios en marcha entre el MITECO y algunas CCAA y con la Dirección General de la Guardia Civil (SEPRONA).
El Plan de Inspección no tiene repercusión directa en coste para las administraciones públicas ya que los instrumentos previstos serán puestos en marcha con los recursos materiales y humanos existentes. La repercusión presupuestaria de este proyecto es nula porque no supone ni incremento del gasto ni disminución de los ingresos públicos.
Los residuos peligrosos y sus movimientos transfronterizos pueden causar daños a la salud y al medio ambiente si no se gestionan adecuadamente y hay un peligro creciente como consecuencia de la generación y la complejidad cada vez mayores de los residuos peligrosos, y de sus traslados entre países.
Los movimientos transfronterizos de este tipo de residuos desde el estado en que se hayan generado hasta cualquier otro país deben permitirse solamente cuando se realicen en condiciones que no representen peligro para la salud humana y el medio ambiente, de acuerdo con los convenios internacionales al respecto. Un mejor control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos actuará como incentivo para su manejo ambientalmente racional y para la reducción del volumen de tales movimientos transfronterizos.
Por ello, resulta imprescindible tomar las medidas necesarias para el control e inspección del manejo de los residuos peligrosos, incluyendo sus movimientos trasfronterizos y su gestión, de tal manera que sea compatible con la protección de la salud humana y del medio ambiente, cualquiera que sea el lugar de su tratamiento. Controles que también se hacen pero con menor sobre los residuos no peligrosos. En definitiva, se ha de velar por que el productor del residuo cumpla sus funciones con respecto al transporte y a la eliminación de los residuos de forma compatible con sus necesidades de protección, sea cual fuere el lugar en que se efectúe la gestión.
Fuente: Miteco
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