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Cambios en la Ley de Alquileres: Todo lo que debes saber como propietario o arrendador

Por Omar D.
14 de septiembre de 2025
en Consumo
Cambios

Fuente: Madrid

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El estilo de vida actual, donde la vorágine de los sucesos marcan el ritmo, muestra claramente que la realidad no puede mantenerse igual todo el tiempo. Esto es así porque las circunstancias y las personas están en una constante transformación en diversos ámbitos de la vida, incluyendo el aspecto legal, y es indispensable conocer qué ocurre. En el ámbito de los alquileres, te mostramos los cambios en la nueva ley, porque hay algunas cosas que debes saber como propietario o arrendador.

Actualmente las leyes están sometidas a cambios frecuentes

A lo largo de la historia, las sociedades han establecido una serie de normas que tienen como objetivo facilitar la convivencia y que esta transcurra de la manera más armoniosa posible. En el pasado, se solía favorecer a quienes ostentaban el poder o a los que tenían mayor capacidad económica, pero con el paso del tiempo eso han dado algunos cambios. Y en la actualidad, es evidente que hay mayor equidad entre los ciudadanos.

Ese es el motivo de que hoy en día las normas legales se modifiquen con mayor frecuencia que antes, así que hay que estar al tanto de los acontecimientos. En ese sentido, es importante conocer los cambios que se han llevado a cabo recientemente en la Ley de Alquileres. Porque ahora contiene ciertos aspectos muy diferentes a los que existían anteriormente, y como propietario o arrendador debes saber de qué se trata.

Se establece una nueva relación entre propietarios y arrendatarios

Quienes estén involucrados en el mercado inmobiliario de alguna u otra manera necesitan estar al tanto de ciertos aspectos fundamentales relacionados con algunas legislaciones que regulan su actividad. Como los recientes cambios en la Ley de Alquileres, que están transformando significativamente la relación entre propietarios y arrendatarios, y que ambos deben conocer para evitar diversos tipos de malentendidos.

Aunque la nueva normativa que rige los alquileres contempla diversos aspectos de esa actividad para evitar subidas exageradas como estas, existen algunos puntos fundamentales que deben ser estudiados por las partes involucradas. Uno de de los más destacados es que ahora los contratos firmados desde el 6 de marzo de 2019 tienen ciertos períodos mínimos de duración. Se estipulan 5 años si la propiedad es de una persona física y hasta 7 años si se trata de personas jurídicas.

Esto significa que, si la duración del trato era por un periodo más corto, los inquilinos pueden quedarse residiendo en esta vivienda hasta completar el lapso correspondiente. Estos cambios también establecen que el propietario debe avisar 4 meses antes de la finalización de ese periodo su deseo de que el arrendatario se vaya. Si no lo hace oportunamente, este último podrá permanecer allí durante 3 años más.

La nueva ley controla los incrementos de los alquileres

Otro de los cambios destacados en la Ley de Alquileres es que los incrementos ya no dependerán de las variaciones del IPC. Sino que ahora se harán de acuerdo con lo que indique un parámetro creado específicamente con esa finalidad, se trata del nuevo Índice de Referencia de Alquileres (IRAV). Para el 2025, su valor fue fijado en un 2.20%, así que ese será el máximo aumento que podrán obtener los propietarios de las casas.

Pero al igual que con muchas otras leyes, siempre hay algunas excepciones y, en este caso, hay ciertas particularidades que permiten llevar el incremento del alquiler hasta el 10%. Una de ellas es que la vivienda haya sido objeto de reformas dos años antes de firmar el contrato. E igualmente, también se puede superar el límite del IRAV cuando se hayan realizado obras que permitan ahorrar el 30% en gastos de energía primaria no renovable.

En conclusión, tanto propietarios como arrendatarios necesitan estar bien informados de los cambios realizados a la Ley de Alquileres, para evitar cualquier tipo de malentendido. Aunque contiene varios aspectos a considerar, hay algunos fundamentales para ambas partes. Uno de ellos es que los contratos firmados desde el 6 de marzo de 2019 ahora tienen una duración mínima de 5 o 7 años. Otro es que los incrementos del alquiler no pueden superar el Índice de Referencia de Alquileres, que este año es de 2.20%, aunque pueden llegar al 10% en casos particulares, pero en esta ciudad alcanzan un máximo histórico.

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