En la relación entre los ciudadanos y el Estado hay momentos que genera especial tensión en el ambiente. A veces solo es necesario recibir un sobre oficial para que el pulso se acelere. No siempre se trata de sanciones o errores graves, pero la incertidumbre y la falta de información suelen alcanzar para despertar miedo. Cada año, miles de personas presentan sus declaraciones, realizan trámites y confían en que todo esté en orden. Sin embargo, hay un punto en el calendario en el que la calma se quiebra por completo.
El miedo en papel oficial
El cierre de los ejercicios fiscales da pase a una fase menos visible, pero igual de importante. Hablamos de la revisión administrativa. Ese es el momento en el que los organismos públicos cruzan datos, verifican documentos y comparan la información presentada por los contribuyentes en sus propios registros.
Es un proceso de lo más rutinario, aunque para otros tenga otro nombre. En esta etapa pueden llegar a aparecer requerimientos, solicitudes o simples avisos. Y, aunque la mayoría son correcciones menores o simples comprobaciones, el impacto emocional se deja ver. La idea de que algo no está bien con Hacienda sigue generando temores en las personas.
¿Qué son las cartas del miedo?
Muchos contribuyentes españoles están recibiendo las ya conocidas «cartas del miedo». Así se denominan coloquialmente a las notificaciones que envía la Agencia Tributaria cuando encuentra alguna incidencia, inconsistencia o posible error en la Declaración de Renta. Según portales especializados, el año pasado se enviaron alrededor de dos millones de estas cartas y la parece que esto volverá a repetirse.
En la mayoría de los casos no se trata de sanciones inmediatas. Por lo general, se trata de solicitudes de información adicional o verificaciones de datos. Sin embargo, hay que responder en tiempo y forma porque si son ignoradas pueden derivar en multas o recargos. Entre los motivos mas comunes figuran las declaraciones incompletas, discrepancias entre los datos y los informes fiscales o pagos pendientes. Cuando la declaración sale a pagar y no se ha hecho el ingreso, el recargo puede variar entre un 5 % y un 20 % dependiendo en el momento que se abone.
Las notificaciones que conviene conocer de antemano
No todas las cartas del miedo tienen el mismo alcance. Según los expertos hay ocho principales.
- Carta informativa: solo avisa, no exige acción inmediata.
- Requerimiento: solicita documentación o aclaraciones, es obligatorio contestarlo.
- Propuesta de liquidación: comunica correcciones y un borrador ajustado.
- Resolución del procedimiento: informa el resultado final del expediente.
- Providencia de apremio: notifica el cobro de una deuda.
- Diligencia de embargo: anuncia el embargo de bienes o salario.
- Inicio de investigación: abre una inspección formal.
- Expediente sancionador: confirma una infracción fiscal.
La agencia tributaria puede notificar por correo postal o por SMS y se tiene hasta cuatro años para revisar una declaración presentada. Por eso, aunque la campaña haya terminado el año pasado, la comunicaciones pueden seguir llegando durante mucho tiempo. Hay que estar atentos y tener en cuenta que el plazo es hasta 2028, por lo tanto, la notificación puede llegar en cualquier momento.
Las llamadas cartas del miedo no siempre esconden malas noticias, pero si nos recuerdan una verdad que nos incomoda. El sistema fiscal parece ser que nunca duerme y debemos estar más que atentos. Mantener la documentación al día, revisar nuestras declaraciones y responder con rapidez puede marcar la diferencia entre un trámite simple y un problema más serio. Más allá del miedo que puedan provocar, son parte del engranaje que mantiene de pie un sistema confiable. Sin embargo, para muchos, seguirán siendo esas cartas que uno prefiere no recibir nunca.
