Desde el dos de abril comenzó el periodo para la declaración del Impuesto sobre la Renta para Personas Físicas (IRPF), en este periodo, Hacienda te envía los avisos correspondientes a tu borrador. Pero también es cuando te surgen muchas dudas sobre los gravámenes y exenciones, como esta que se refiere a los préstamos entre familiares y que debes tener mucho cuidado, ya que el ente tributario anuncia multas.
La declaración de Rentas: un deber que debemos cumplir todos
El IRPF es un deber que debe cumplir todo ciudadano español. Como máximo el 30 de junio debemos hacer la declaración de Rentas correspondiente a nuestro ejercicio económico del año 2024. Para ello debemos verificar y realizar previamente el borrador en el cual Hacienda, de ser aplicable, nos dará las advertencias y avisos a fin de que no tengamos problemas. Estos por lo general se refieren a montos por declarar.
Los cuales tiene registrados en su base de datos. Debes recordar que para este 2025 este ente ha introducido muchos cambios como consecuencia de la digitalización de sus procesos, además de que hace seguimiento a todas las transacciones electrónicas que en años anteriores era imposible controlarlas, pero ahora todas las plataformas deben informar al ente tributario sobre sus movimientos de dinero.
Cuidado con las transferencias entre familiares
Anteriormente, se acostumbraba a realizar transferencias entre familiares considerándolo un movimiento bancario ordinario, incluso por cantidades elevadas de dinero. Sin embargo, a partir de este año 2025 estas transacciones estarán en el radar de Hacienda puesto que para montos superiores a los 3000 euros se deberán declarar para calcular el tributo, en el caso de que sea aplicable.
En este sentido, hasta el año pasado podías realizar transferencias de hasta 10 000 euros y no había problema con Hacienda, pero ahora con las nuevas normas tributarias si transfieres 6000 euros, ya estás dentro del grupo investigable. Incluso te podría costar multas de hasta 150 000 euros (lo que es similar a lo que te tocaría si haces alguno de estos movimientos), aunque por supuesto todo depende de la cantidad de dinero no declarada.
Entonces la gran pregunta es: ¿cuál cantidad será segura para realizar cualquier transferencia? Pues la respuesta es NINGUNA, ya que no se refiere a cuanto sino más bien a la justificación. Puesto que el secreto está en demostrar que el dinero de esa transacción que estamos realizando no tenga origen en actividades sospechosas como el blanqueo o la evasión de impuestos, esto último, recientemente o en el pasado.
Ahora, como única medida de prevención, debes tomar la costumbre de documentar todas tus transferencias para el caso en que Hacienda te las pida, especialmente en las que tus familiares están involucrados. Así, al igual que si pagas por cualquier bien o servicio debes guardar las facturas, en caso de que hagas un regalo debes hacer la declaración respectiva de donación en favor del beneficiario.
¿Solo el que envía el dinero debe declarar y pagar?
No, ambas partes deben hacerlo: quien hace la transferencia (el donante) y quien recibe el dinero (el donatario), solo que deben hacerlo a Hacienda por dos vías distintas. El primero debe pagar en la declaración del IRPF mientras que el segundo lo hace tributando con la ley de Impuesto de Sucesiones y Donaciones pero siempre y cuando la cantidad recibida le signifique ganancia a su patrimonio.
En definitiva, si no quieres tener problemas con Hacienda lo mejor que puedes hacer es prestar atención y declarar todas las transferencias que hagas a tu familia (incluyendo los negocios online ya que están bajo escrutinio). Además de que vigila todas tus transacciones, anuncia multas para quienes no declaren estas a partir de los 3000 euros. Tanto quien envía el dinero como quien lo recibe.