Aunque suene poco conveniente e inexplicable ahora los ciclistas están autorizados por la DGT a circular en sentido contrario. Aquí te explicamos las razones que llevaron a esta disposición.
¿Será que la DGT quiere crear caos entre ciclistas, peatones y conductores?
Entre los cambios que la dependencia rectora ha dispuesto para este 2025 hay uno que es bastante controversial: la circulación en sentido contrario de los ciclistas.
Uno de los argumentos o razones que se han dado para fundamentar este cambio es que se trata de una medida que busca incentivar el uso de bicicletas, es decir, se considera que con ello se elimina alguna restricción para la escogencia de este vehículo por parte del ciudadano.
Por otro lado, no se trata de una medida aplicable de manera general, pues la circulación contraria será en calles que cuenten con un solo carril y que en éste solo se pueda desplazar a un máximo de 30 Km/h, como es el caso de una de Bilbao, la calle San Francisco.
Aparte de la disposición que autoriza a circular contravía se ha introducido en el Reglamento General de Circulación una disposición con la cual los ciclistas no tendrán inconvenientes en el rebase de los vehículos cuando la calle se encuentre congestionada, pudiendo hacerlo tanto por la derecha como por la izquierda. A las prohibiciones anteriores se suman estos premios y multas que buscan incentivar la aplicación de las normativas.
Las nuevas normativas para conductores respecto a los ciclistas
En las normativas también se ha establecido cambios en la circulación en los carriles de las calles de la ciudad, debiendo hacerlo por uno específico, pero en caso de no poder el ciclista podrá circular por el centro de la calzada.
Otra disposición importante es la circulación bajo condiciones de escasa iluminación puesto que se ha impuesto la obligación de utilizar elementos reflectantes con la homologación europea y visibilidad a unos 150 metros mínimo.
Asimismo, hay normativas dirigidas a los conductores de los otros vehículos, tales como:
- La distancia a la que deben mantenerse de los ciclistas al circular por la calzada es de 1,5 m.
- Adelantarse a los ciclistas a una velocidad máxima de 20 Km/h menos de la permita en el tramo de circulación
- Debe existir una separación mínima de lado de aproximadamente 1,5 m
Las disposiciones actualizadas que deben cumplir los ciclistas
En las nuevas normativas establecidas por DGT cuando se trate de vías urbanas los ciclistas pueden circular por centro de calzadas y mantenerse a una distancia mínima de 5 m.
El casco es de uso obligatorio para ciclista con edad de 16 años, aunque hasta hace poco en el caso de mayores de edad se permitía en relación a su uso las siguientes excepciones:
- Durante subidas prolongadas
- Por razones médicas graves
- Duras condiciones climáticas
Sin embargo, mediante la nueva normativa todas estas excepciones fueron derogadas, en tanto que siguen vigentes las prohibiciones señaladas a continuación:
- Uso del móvil
- Uso de auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido
- Consumo de alcohol
Por otro lado, se establecieron como normas el cruce del paso de peatones bajándose de la bicicleta, a menos que corresponda a un paso de ciclistas.
Para los ciclistas está terminantemente prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, a menos que el tramo esté señalizado como carril-bici de uso compartido con peatones.
Se exige el respeto a las señales de tráfico por parte del ciclista y está obligado a realizar las señalizaciones cuando produzca alguna maniobra, por ejemplo, giros, cambios de sentido y de carril.
En definitiva, son varias las normativas que ha establecido la DGT para este año, estableciendo importantes cambios, especialmente en relación a los ciclistas y una de ellas es hacerlo en sentido contrario en el caso de algunas calles, sin que se exponga a recibir estas multas.