Ya está otra vez en el BOE: préstamos a interés cero de hasta 50.000 euros para la primera vivienda y deducción del 10 % del alquiler para rentas de menos de 33.007 euros

Adrian Villellas
Publicado el 14 de octubre de 2026 a las 23:31
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Promoción de alquiler asequible Illa Siberia en Barcelona, vinculada a los préstamos a interés cero y ayudas a la vivienda

El 2 de octubre, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, firmó una resolución de una sola página para publicar un acuerdo poco habitual: la Cámara derogaba el decreto de vivienda que el Gobierno había llevado al BOE dos días antes. El 7 de octubre, el BOE volvía a publicar casi las mismas medidas: préstamos a interés cero de hasta 50.000 euros para la primera vivienda y una deducción del 10 % del alquiler para rentas de menos de 33.007 euros.

El texto nuevo es el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, que ocupa 99 páginas del Boletín Oficial del Estado número 249 y entró en vigor el 8 de octubre de 2026.

La norma ya se aplica, pero su futuro depende de una votación. Con las Cortes disueltas desde el 6 de octubre para las elecciones generales del 29 de noviembre, tiene que convalidarla la Diputación Permanente del Congreso, el órgano reducido que asume las funciones de la Cámara mientras está disuelta.

El decreto vuelve con las mismas cifras

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, presentó el primer paquete el 29 de septiembre. Según dijo, el acceso a la vivienda «es el principal problema de los españoles y las españolas», y la herramienta más útil para resolverlo es «más vivienda y más vivienda pública».

El preámbulo del decreto cita al CIS y a Eurostat: en 2025, el 26,8 % de los hogares españoles que alquilaban a precio de mercado dedicaba más del 40 % de sus ingresos al alquiler, unos 8 puntos por encima de la media europea.

El 6 de octubre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó que los nuevos textos mantienen la esencia de los anteriores. Los describió como «el fruto de muchos meses de análisis técnico y diálogo» y añadió: «Y son medidas, si me apuran, de puro sentido común y de humanidad», según el resumen oficial de La Moncloa.

Los préstamos TU CASA cubren la entrada de la hipoteca

El artículo 19 crea el mecanismo TU CASA, que gestionará el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para quienes compren su primera vivienda habitual con hipoteca. El préstamo se suma a la financiación del banco y cubre la entrada que la hipoteca no suele pagar.

La cuantía será la menor de dos cifras: el 20 % del valor de la vivienda o 50.000 euros. Para un piso de 180.000 euros, el préstamo máximo sería de 36.000 euros, y el tope de 50.000 euros solo se alcanza con viviendas de 250.000 euros o más.

Se conceden «a un tipo de interés del cero por ciento y sin comisiones». Según el preámbulo, no se devuelve nada hasta que termina de pagarse la hipoteca, con un máximo de 30 años, y después hay 10 años para reintegrar el dinero.

El texto aclara que el mecanismo se dirige a quienes accedan a su primera vivienda «independientemente de su edad». Para financiarlo, aprueba un crédito extraordinario de 10.000 millones de euros en una partida llamada «Línea ICO. Tu primer hogar».

Hay una condición que pesa a largo plazo. Las viviendas compradas con TU CASA tendrán que ser residencia habitual y quedarán «sujetas permanentemente a un precio máximo de transmisión», que en las ventas posteriores no podrá superar el precio de compra actualizado con el IPC.

La deducción del 10 % depende de la renta, no de la zona

El artículo 6 añade al IRPF una deducción para los contribuyentes «cuya base imponible sea inferior a 33.007,20 euros anuales», que podrán deducirse «el 10 por ciento de las cantidades satisfechas» por el alquiler de su vivienda habitual.

La base imponible suele ser más baja que el sueldo bruto, porque ya descuenta cotizaciones y algunas reducciones. Hasta 23.007,20 euros, la deducción se calcula sobre un máximo de 11.630 euros de alquiler al año; por encima, ese máximo baja hasta desaparecer en los 33.007,20 euros.

Según el resumen de La Moncloa, con un alquiler de 800 euros al mes la deducción «se acercará a los 1000 euros» en la declaración de la renta. El requisito adicional es que ni el inquilino ni su familia tengan otra vivienda a menos de 50 kilómetros de la alquilada durante al menos la mitad del año.

El texto no exige que la vivienda esté en una zona de mercado tensionado, un requisito que sí se había anunciado. Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown, lo resumió así a Law&Trends el 30 de septiembre, sobre el primer decreto: «Tal y como está publicado hoy en el BOE, el único filtro para aplicarse la deducción es la renta. Da igual en qué municipio viva el inquilino».

«Es un cambio muy relevante respecto a lo que se había anunciado, porque multiplica el número de personas que podrían beneficiarse», añadió Fernández. El nuevo decreto mantiene esa redacción.

El primer decreto se aplicó poco más de 24 horas

El Real Decreto-ley 26/2026 se publicó el 30 de septiembre, entró en vigor el 1 de octubre y el Congreso lo derogó el 2 de octubre, con 172 votos a favor y 178 en contra. Votaron en contra PP, Vox, Junts y UPN, y su aplicación efectiva «se ha limitado a poco más de 24 horas», según la crónica de Demócrata. «En consecuencia, queda derogado el decreto ley», proclamó Armengol al terminar el recuento.

La resolución publicada ese mismo día en el BOE se apoya en el artículo 86.2 de la Constitución, que obliga a votar cada real decreto-ley en los 30 días siguientes a su promulgación.

Durante el debate, Isabel Rodríguez pidió a la oposición, y en particular a Junts, que se abstuviera, y Sánchez advirtió que «la historia les juzgará antes de lo que creen y con más contundencia de lo que imaginan». Ese mismo día cayó también el Real Decreto-ley 27/2026, el que cambiaba las prórrogas de los contratos de alquiler, según la OCU.

El preámbulo defiende que la aprobación de un decreto tras derogarse otro similar «no es ajena al ordenamiento jurídico» y cita precedentes como el del tabaco de 2006 o el de vivienda de 2018, que no se convalidó y fue sustituido por el Real Decreto-ley 7/2019.

La Diputación Permanente tiene 30 días para decidir

El mismo plazo de 30 días corre ahora para el Real Decreto-ley 29/2026. El Gobierno ha separado los dos textos. Según La Moncloa, Sánchez reconoció que hoy no hay una mayoría suficiente para el decreto de prórroga automática de los contratos, el Real Decreto-ley 28/2026. Por eso no entró en vigor a la vez que el otro: el BOE fija su entrada en vigor el 15 de noviembre, y solo llegará a aplicarse si la Diputación Permanente lo convalida antes.

El decreto de los préstamos sí incluye una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los inquilinos que estén al corriente de pago y lo hayan estado los ocho meses anteriores.

El paquete se suma a la Ley de Vivienda y sus cambios para inquilinos y propietarios, que este decreto vuelve a modificar en la definición de gran tenedor.

Lo que todavía falta por concretar

Los préstamos TU CASA no se podrán pedir hasta que el Consejo de Ministros apruebe un acuerdo que fije «el objeto, beneficiarios, límites y otras características de la financiación, así como el importe inicial de la línea», como establece el propio decreto.

La deducción tampoco se notará en el recibo. Según Law&Trends, se aplicará por primera vez en la Renta 2026, que se presenta en la primavera de 2027, siempre que el decreto supere antes la votación de la Diputación Permanente.

Tampoco todos ven claro el método. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha vuelto a pedir «una reforma profunda» que aumente la oferta de alquiler mediante «un acuerdo de amplio espectro», el mismo debate que recorre la crisis de la vivienda asequible en Europa.

Si la Diputación Permanente lo convalida, los préstamos y la deducción seguirán adelante a la espera de su desarrollo; si lo rechaza, caerán por segunda vez en un mes, a pocas semanas de las elecciones del 29 de noviembre.

Imagen: Pool Moncloa / Jorge Villar

Adrian Villellas

Adrian Villellas

Adrián Villellas es ingeniero informático y emprendedor en marketing digital y tecnología publicitaria. Ha dirigido proyectos en análisis de datos, publicidad sostenible y nuevas soluciones de audiencia. También colabora en iniciativas científicas relacionadas con la astronomía y la observación espacial. Publica en medios de comunicación científicos, tecnológicos y medioambientales, donde acerca temas complejos y avances innovadores a un público amplio.

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