La iniciativa ha sido recogida de la organización ecologista ‘Adensva’, la cual solicitó al Ministerio de Industria la modificación del Real Decreto 223/2008 – de líneas eléctricas – y del Real Decreto 337/2014, para que incorporasen las prescripciones técnicas mínimas del artículo 6 del Real Decreto 1432/2008, de protección de avifauna en las líneas eléctricas por electrocución, o mejora de las Mejores Tecnologías Disponibles, según refiere la Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental, yendo más allá de lo mínimo dispuesto en el artículo citado.
Sin embargo, el ‘Ministerio de Industria’ respondió que “la protección de las aves rapaces y especies protegidas es competencia del ‘Ministerio para la Transición Ecológica’ y el Reto Demográfico”
Ante ello, el senador denuncia que “es inconcebible que en un mismo Gobierno haya dos Ministerios con posiciones políticas distintas y que mantienen la redacción de Reales Decretos que son contradictorios en sí mismos. Mientras que el MITECO aprueba el RD 1432/2008 para protección de aves sólo en unas zonas más sensibles – las aves no entienden de fronteras administrativas -, los Reales Decretos de Industria siguen permitiendo que se electrocuten aves, y no fueron ni son reformados después de haber pasado 12 años”.
Añade que “parece que un RD es propiedad de un Ministerio y los otros dos del otro; como si la normativa vigente estuviera acaparada por cada uno de ellos, de forma exclusiva y excluyente”.
‘Adesva’ recuerda al ‘Ministerio de Industria’ que la Seguridad Industrial tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos (…)” y que “las instalaciones industriales de alto riesgo potencial, contaminantes o nocivas para las personas, flora, fauna, bienes y medio ambiente que reglamentariamente se determinen deberán adecuar su actividad y la prevención de los riesgos a lo que establezcan los correspondientes planes de seguridad (…)”, según indican los artículos 9 y 11 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
El texto de la iniciativa advierte que no se trata de aprobar sólo normas ambientales, sino de que las normas sustantivas ya incorporen también los criterios de protección ambiental; algo que no sucede, porque la normativa industrial no contempla prescripciones de seguridad para las aves.

















