Varias reformas legales
Para lograr esta tan ansiada protección de los animales de compañía se han tenido que modificar: la Ley Hipotecaria, el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero gracias a ello el 5 de enero de 2022 España se suma a la lista de países del mundo, que consideran que los animales son ‘seres vivos dotados de sensibilidad’.
Eso implica que, las mascotas serán consideradas legalmente como un miembro más de la familia, algo que en la práctica sucedía con muchísimas familias que los cuidan y protegen como se merecen, pero no tenía una cobertura legal que los ampararse ni que obligase a ello a los que tienen animales de compañía.
Esta triple reforma que se aprobó el 2 de diciembre del año pasado, apareció publicada 14 días más tarde en el Boletín Oficial del Estado y al no especificar cuál sería la fecha en la que debía entrar en vigor se debe aplicar un método alternativo para calcularla que se denomina ‘vacatio legis’; ello implica que, tras 20 días de publicada en el BOE, ya es eficazmente legal.
Cambios sustanciales
Esta nueva norma que afecta a la tenencia de animales de compañía (gatos, perros, aves, roedores, reptiles, insectos, peces, etc.) considera que todos son seres sintientes y por tanto, deben ocupar un lugar en la familia como miembros legales de la misma. En caso de que exista un problema de índole económico que los afecte, estos no son embargables ni hipotecables.
Se les deben brindar todos los cuidados que necesitan, está prohibido su maltrato y abandono y no se puede disponer testamentariamente de su vida; tampoco se les podrá emplear como herramienta de sufrimiento en casos de violencia vicaria y/o de género o para infringir ningún tipo de malestar a otro miembro de la familia.
Otra de las modificaciones apunta a que, al tener sensibilidad se les debe aplicar el régimen jurídico de los bienes y/o de las cosas, siempre y cuando éstos (y sus consecuencias) sean compatibles con la naturaleza de cada animal o con las disposiciones que se hayan tomado con el objetivo de protegerlos.
En el caso de que exista una separación en una pareja o matrimonio, de igual forma que el juez decide el destino de los hijos (custodia, guardia, régimen de visitas, etc.) también lo hará con los animales de compañía. También se repartirán los gastos y los cargos económicos que se deriven del cuidado que necesita cada animal. La normativa aclara que, todo ello debe hacerse atendiendo al bienestar de todos los integrantes de la familia (incluido el animal).
Si alguien encuentra a un animal que esté perdido debe procurar que vuelva con su familia, en caso de que no tenga propietario se le entregará a quien esté haciéndose cargo de su cuidado.