Naturaleza

Galicia se niega a prohibir la pesca recreativa en el COVID-19

Ese día quedará sin efecto la norma del Gobierno gallego que, en virtud de la interpretación de la orden publicada en el BOE el 1 de mayo por la que se permiten actividades físicas y deportivas al aire.

Galicia se niega a prohibir la pesca recreativa en el COVID-19

Ese día quedará sin efecto la norma del Gobierno gallego que, en virtud de la interpretación de la orden publicada en el BOE el 1 de mayo por la que se permiten actividades físicas y deportivas al aire.

La Xunta de Galicia considera que «no hay un solo argumento sanitario» que justifique la decisión del Gobierno central de excluir la pesca recreativa de las actividades al aire libre que estarán permitidas en la fase 1 de la desescalada, en la que ingresarán a partir de lunes las cuatro provincias gallegas.

Así lo establece el Boletín Oficial del Estado publicado este sábado en el que se recogen las medidas que imperarán a partir del lunes en aquellos territorios que pasen a la fase 1 del proceso de transición hacia la ‘nueva normalidad’.

A diferencia de la orden del 1 de mayo, en la que no hay una mención explícita a la pesca, en esta ocasión el Gobierno excluye tanto esta modalidad como la caza deportiva de las habilitaciones para poder realizar deporte individual no profesional que no requieran contacto con terceros.

Una decisión que critica el Gobierno gallego, que ha remitido una carta firmada por la conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, y su homóloga en Mar, Rosa Quintana, en la que demandan al ministro de Sanidad, Salvador Illa, explicaciones al respecto.

Las mandatarias autonómicas tachan la medida de «agravio totalmente injustificado» con el colectivo de pescadores respecto al resto de deportistas, por lo que avanzan que defenderán los «derechos y libertades» de este colectivo frente a la «actitud arbitraria, discrecional y discriminatoria» que, dicen, lleva a cabo el Ejecutivo central.

«No existe ni un solo argumento sanitario o de seguridad que establezca que se tenga que prohibir este deporte frente al resto de disciplinas que sí permite practicar el Ministerio de Sanidad», señala el texto enviado a Sanidad por parte de la Xunta, que discrepa también de la «forma» en la que han tenido conocimiento de la decisión, que, sostiene, no fue trasladada al Ejecutivo autonómico antes de su publicación en el BOE.

«Entendemos que por un motivo desconocido, se está privando a más de 100.000 gallegos y gallegas de poder ejercitar una actividad deportiva sin ningún tipo de explicación o razón que argumente la decisión hoy adoptada por su Ministerio», inciden las conselleiras en su carta a Illa, que afirman que la Xunta se dirigió a Sanidad el pasado 2 de mayo para comunicar que interpretaba que la pesca fluvial y marítima entraban en las actividades al aire libre permitidas.

Así, continúan, tras no recibir respuesta, la reanudación de la pesca fluvial y marítima de carácter recreativo fue llevada al Comité de Cooperación Operativa (Cecop) consituido para la gestión de la crisis del coroanvirus y en el que participan, además de la Xunta, la Delegación del Gobierno y la Federación Galega de Municipios e Provincias.

Este órgano dio luz verde a levantar la suspensión y el Diario Oficial de Galicia, en su publicación del 6 de mayo, recogía el acuerdo por el que se reactivaba la pesca de carácter recreativo.

Controversia

Con todo, tras la reanudación de la actividad, la Federación Galega de Pesca y los colectivos ecologistas Adega y Ríos con Vida presentaron un escrito ante la Delegación del Gobierno en Galicia para pedir que estudiase si la repertura de la pesca fluvial ordenada con carácter general por la Xunta es legal.

En un comunicado conjunto, advertían que con su decisión la Xunta «podría estar incurriendo en una ilegalidad» al «contravenir» el plan de desconfinamiento y, además, producir «confusión entre la ciudadanía», a los que podría inducir a cometer infracciones.

Federación, Adega y Ríos con Vida señalaban que el Gobierno autonómico realiza una «interpretación propia» de la orden del 30 de abril por la que el Ejecutivo central autorizó la práctica de actividad física no profesional al aire libre «asimilando este tipo de actividad con la pesca fluvial recreativa«.

No obstante, según apuntaron, en la pesca fluvial «interfieren otros factores ajenos al simple ejercicio físico como la afectación a la biodiversidad, el uso del dominio público hidráulico o su propia especifidad como actividad de aprovechamiento de recursos naturales».

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