Así, el MARM ha expresado que continuará con la «inequívoca voluntad mostrada a lo largo del procedimiento sancionador de informar en tiempo, lugar y forma a todos los requerimientos de la Comisión Europea», aunque ha subrayado que la depuración de las aguas residuales es una competencia municipal y autonómica y, en el caso de actuaciones declaradas de Interés General del Estado, de la Administración Central.
Además, ha señalado que «muchas de las actuaciones señaladas por la sentencia están ya en ejecución o programadas» y ha recordado que en la respuesta española a la demanda que ha resuelto el Tribunal Europeo de Justicia ya se indicó que de las 38 aglomeraciones señaladas, 27 ya tenían, en verano de 2010, las obras licitadas, en marcha o finalizadas.
A este respecto, añade que quedan «pendientes» actuaciones para las otras 11, cuya situación actual ha variado «favorablemente» estando algunas licitadas, adjudicadas o en fase de próxima licitación o adjudicación.
Por último, el MARM destaca en su respuesta la «importante evolución en la mejora del cumplimiento de las obligaciones de la Directiva de aguas residuales en los últimos años y añade que, en ese sentido, se ha llegado a porcentajes de cumplimiento superiores al 95 por ciento para la recogida de aguas residuales, y de un 85 por ciento de eficiencia para los tratamientos de las EDAR en zonas normales.
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