Sentencia histórica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH): el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es el garante del cumplimiento por los Estados parte de las obligaciones derivadas del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (el “Convenio”), hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950 (artículo 19).
Europa celebra la sentencia histórica del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que condena por primera vez a un Estado por no proteger a su población frente al cambio climático, en este caso a Suiza y da la razón a las KlimaSeniorinnen.
La sentencia, que reconoce la protección frente al cambio climático como un derecho humano, es aplicable a todos los países del Consejo de Europa, entre ellos España. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos devuelve el caso a la justicia Suiza, que deberá obligar al Estado a tomar medidas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. La sentencia supone un giro significativo para el caso emprendido en España por Ecologistas en Acción, Greenpeace, Oxfam Intermón, Fridays For Future y la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo, que demandaron al Gobierno de España hace ya tres años por inacción ante el cambio climático. Las cinco organizaciones demandantes esperan que la justicia española tome en consideración esta sentencia y obligue al Estado a cumplir con sus responsabilidades climáticas.
Greenpeace considera una victoria histórica la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que ha fallado hoy a favor de las KlimaSeniorinnen, el grupo de más de 2.000 mujeres suizas mayores de 65 años que denunciaron a su Gobierno por no protegerlas suficientemente frente al cambio climático. Es la primera vez que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condena a un Estado por este hecho. Greenpeace ha estado asesorando y apoyando a las KlimaSeniorinnen desde el inicio del proceso, en 2016.
La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos es aplicable a todos los países del Consejo de Europa, entre ellos, España, lo que podría suponer un giro significativo en el litigio climático emprendido hace ya tres años en España por Ecologistas en Acción, Greenpeace, Oxfam Intermón, Fridays For Future y La Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo, y que fue desestimado el pasado mes de julio por el Tribunal Supremo.
En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos confirma que el cambio climático ha sido provocado por el ser humano y que representa una gran amenaza para los derechos humanos protegidos por la Convención Europea de Derechos Humanos. Además, confirma que las olas de calor, cada vez más intensas y frecuentes por el cambio climático, son un riesgo real y una amenaza para la salud, la calidad de vida y la propia vida privada y familiar de las señoras mayores, y que hay una relación directa entre esos efectos negativos y las políticas climáticas del Gobierno suizo.
Por todo ello, la sentencia condena a Suiza por violar sus obligaciones en virtud de la Convención Europea de Derechos Humanos; en concreto, el tribunal ha dictaminado que se ha producido una violación del artículo 6 -derecho a un proceso judicial justo-, puesto que los tribunales suizos no han abordado el caso de forma suficiente, valorando los datos científicos que demostraban que la acción climática de Suiza estaba siendo insuficiente para proteger los derechos humanos; y del artículo 8 -derecho a la vida y a la salud-. Según el fallo, el Estado suizo no ha protegido suficientemente a su población frente al cambio climático al no tener en cuenta el presupuesto de CO₂ (la cantidad de emisiones que un país puede emitir para evitar un calentamiento mayor a 1,5º, según la ciencia) para decidir sus políticas climáticas.
El Tribunal también se ha pronunciado sobre el caso Duarte Agostinho y otros contra Portugal y otros 32 Estados y el caso Carême contra Francia, que ha desestimado por defectos de forma en el procedimiento judicial. Según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el caso francés es inadmisible porque el demandante ya no vive en la zona, mientras que el de los jóvenes portugueses sólo lo sería en términos generales respecto a Portugal, pero no respecto al resto de países europeos a los que también demandaban. Aun así, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos señala irregularidades de procedimiento en Portugal al haberse dirigido directamente a Estrasburgo sin haber agotado la vía de recursos nacionales.
En el caso del litigio climático contra el Gobierno español, actualmente aún en manos del Tribunal Supremo, sería necesario acudir primero al Tribunal Constitucional y, en caso de sentencia negativa, elevarlo al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Greenpeace, Ecologistas en Acción, Oxfam Intermón, Fridays For Future y la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo están dispuestos a recorrer este camino, aunque confían en que el Gobierno tome nota de esta sentencia y actúe en consecuencia.