Las instalaciones catalanas incluidas en el mercado de CO2 ingresarán 318 millones en reducir emisiones

Publicado el: 10 de abril de 2012 a las 15:06
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Las instalaciones catalanas incluidas en el mercado de CO2 ingresarán 318 millones en reducir emisiones

Durante el 2011 emitieron cerca de 5 millones de toneladas de CO2 menos de las asignadas.  Cataluña ya cumplió el año pasado el objetivo de reducción de emisiones fijado por la Unión Europea para el año 2020.

El Departamento de Territorio y Sostenibilidad ha validado los informes verificados de las emisiones de las instalaciones incluidas en la ley que regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) correspondientes al año 2011 . Estas instalaciones son las responsables de aproximadamente un 35% de las emisiones de GEI de Cataluña. El 65% restante corresponde a las emisiones denominadas difusas, es decir, las de los sectores no afectados por el comercio de derechos de emisión, como el transporte, el residencial, el comercial, el institucional, la gestión de los residuos, los gases fluorados y la agricultura. En Cataluña, las instalaciones afectadas por la normativa y con autorización son 172. En total, han emitido durante el año 2011 un total de 15.665.414 toneladas de CO2.



De los casi 20,5 millones de toneladas asignadas inicialmente, se han dejado de emitir 4,8 millones. Si tenemos en cuenta que el precio del derecho de emisión está a € 6,60 / tonelada (en fecha 05/04/2012) el conjunto de instalaciones • instalaciones afectadas en Cataluña ha podido ingresar hasta un total de 31.881.115 € con la venta de derechos de emisión sobrantes, otorgados gratuitamente dentro del Plan Nacional de Asignaciones (PNA). Estos ingresos deberían servir para realizar las inversiones necesarias para que en el próximo período de comercio (2013-2020), más exigente, las empresas estén preparadas tecnológicamente para emitir menos emisiones de GEI, e incrementar la producción. De todos modos, los derechos sobrantes los pueden guardar para posteriores años, si prevén que podrán necesitarlos. Hay que tener en cuenta que el próximo período de comercio la asignación gratuita se reducirá considerablemente.
 
Durante el año 2011, del conjunto de instalaciones • instalaciones afectadas, se constata un déficit en el sector energía mientras que en el resto de sectores las emisiones han sido inferiores a los derechos asignados. El de generación eléctrica, con una representación del 6% de instalaciones • instalaciones, es responsable del 22% de las emisiones de GEI. Más del 80% de las de origen industrial provienen de las refinerías (2 instalaciones) y de la fabricación de cemento (6 instalaciones). Por el contrario, las instalaciones de fabricación de material cerámico y papel y cartón, que suponen casi el 75% de las industrias afectadas, sólo son responsables del 8,3% de las emisiones industriales. En relación a la comparativa entre emisiones y asignación de derechos, se constata un déficit en el sector energía, mientras que para el resto de sectores las emisiones han sido inferiores a los derechos asignados.
 
Desde el primer año de la aplicación del régimen de comercio de derechos de emisión de GEI, en 2005, las emisiones se han reducido un 21,9% en Cataluña. Este dato significa que nuestro país ya está cumpliendo el objetivo de reducción marcado por la Unión Europea para el año 2020. El reto será mantener este nivel exigido cuando se produzca una recuperación económica y aumente la actividad de las instalaciones, a través de la aplicación de las mejores técnicas disponibles (MTD).
 
El régimen europeo del comercio de derechos de emisión de GEI
 
La Unión Europea, partiendo del Protocolo Kioto, desarrolló un instrumento de mercado llamado comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (GEI) a nivel de empresas, que se puso en marcha en los veintiún cinco Estados miembros de la UE el 1 de enero de 2005. Las instalaciones afectadas deben disponer de una autorización de emisión de GEI que determinan las obligaciones de seguimiento y notificación anual de emisiones de cada instalación atendiendo a las directrices publicadas por la Comisión Europea. Los Estados miembros han elaborado unos planes nacionales de asignación que dan a cada instalación afectada un cierto número de derechos de emisión con carácter gratuito, lo que les permite emitir una determinada cantidad de CO2 sin coste alguno. Las instalaciones deben entregar un número de derechos igual a las emisiones efectuadas durante el año. Estos derechos se cancelan posteriormente, de manera que no se puedan utilizar nuevamente. Las que les sobren derechos pueden venderlos o conservarlos para años posteriores.

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