Los sistemas de comercio de emisiones (como las de metano o CO2) son instrumentos de mercado establecidos con el objetivo de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), en los que un regulador define un límite superior (techo) de emisiones de GEI que pueden ser emitidas por el total de los participantes en el sistema.
Al final de cada periodo definido en el sistema, los participantes incluidos en el mismo (instalaciones, operadores aéreos, individuos, etc.) deben entregar un número de derechos de emisión igual al de sus emisiones durante dicho periodo.
Los países de la Unión Europea se han comprometido a realizar una actualización de dichos sistemas de comercio de emisiones de CO2, pero no han cumplido aún con dicho cometido, por lo que desde Bruselas urgen a que lo hagan. España está entre los que tienen que realizar la mencionada actualización.
Sistemas de emisiones de CO2 y demas GEI
La Comisión Europea envió recientemente un dictamen motivado (segundo paso en el procedimiento de infracción) a doce países de la Unión Europea, entre ellos España, por no trasponer a tiempo a su legislación nacional las nuevas normas del sistema de comercio de emisiones de CO2 de la UE, el llamado ETS.
«La Comisión insta a los Estados miembros a acelerar la transposición de las normas acordadas para fortalecer y ampliar el comercio de emisiones de la UE«, trasladó el Ejecutivo comunitario a Bélgica, Bulgaria, Chequia, Estonia, España, Letonia, Hungría, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Finlandia.
Bruselas ha enviado a cada uno de esos países un dictamen motivado por no haber transpuesto o haber transpuesto solo parcialmente a la legislación nacional la Directiva sobre el Sistema de Comercio de Emisiones de la UE (ETS), cuyo plazo de transposición venció el 31 de diciembre de 2023. Esa revisión legislativa refuerza las normas vigentes y extiende la obligación de pagar por tonelada emitida de CO2 al transporte marítimo, entre otros aspectos, señaló el Ejecutivo.
Además, y en el mismo ámbito, la Comisión Europea ha enviado también dictámenes motivados a Bélgica, Bulgaria, Estonia, España, Chipre, Letonia, Hungría, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Finlandia «por no haber transpuesto o haber transpuesto solo parcialmente a la legislación nacional» otra Directiva que revisa las obligaciones en el sistema ETS aplicables al sector de la aviación.
«La transposición completa de estas directivas es esencial para garantizar el correcto funcionamiento del EU ETS, evitar distorsiones en el mercado interior y alinear el sistema con los objetivos climáticos de la UE para 2030 establecidos en la Ley Europea del Clima», subrayó la Comisión Europea.
En enero de 2024, Bruselas envió cartas de emplazamiento a todos los Estados miembros de la UE, salvo Dinamarca, por no haber adecuado su legislación nacional a la europea en el ámbito del comercio de CO2, pero «los mencionados anteriormente no han comunicado una transposición completa o solo lo han hecho de manera parcial».
«Por lo tanto, la Comisión ha decidido emitir dictámenes motivados a los Estados miembros afectados, quienes ahora tienen dos meses para responder y tomar las medidas necesarias para transponer de manera completa y correcta. De lo contrario, la Comisión puede decidir remitir los casos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea», concluyó el Ejecutivo. EFE / ECOticias.com