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miércoles, noviembre 29, 2023

Polémica con la incineradora de biomasa de Monzón

Las principales alegaciones recogidas en el escrito son, por un lado, que la administración que debía haber otorgado la autorización para la instalación de esta Planta de Incineración en suelo rústico, de acuerdo a la Ley de Protección Ambiental era el INAGA y no el Ayuntamiento de Monzón, que era incompetente en esa materia.

Ecologistas en Acción ha presentado un procedimiento de nulidad del Decreto de Alcaldía 715-A/2015, por el que el anterior equipo de gobierno municipal concedió la autorización especial (también llamada declaración de interés público) a la promotora Solmasol I para la instalación de la Planta Incineradora de Biomasa en Monzón, en suelo rústico del polígono 8 parcela 22 de Monzón, a escasos 600 m. del casco urbano de Monzón. Este procedimiento se basa en que el decreto contraviene normativa legal vigente por lo que sería «Nulo de Pleno Derecho». De prosperar el mismo , todo el expediente tramitado durante estos años sería invalidado, debiéndose iniciar de nuevo.

Las principales alegaciones recogidas en el escrito son, por un lado, que la administración que debía haber otorgado la autorización para la instalación de esta Planta de Incineración en suelo rústico, de acuerdo a la Ley de Protección Ambiental era el INAGA y no el Ayuntamiento de Monzón, que era incompetente en esa materia. Además se incumplió el Plan General de Ordenación Urbana de Monzón pues la planta de Biomasa, al ser declarada de interés publico, ocuparía más superficie de la legalmente permitida y las industrias pesadas, como se califica la Incineradora de Biomasa deberían instalarse «aisladas en polígonos específicos».

También se denuncia que el promotor a concurrió en falsedad para conseguir la autorización especial, al alegar que solo podía conectarse a la subestación cercana al emplazamiento (SET CINCA)y que no podía cruzar el LIC del Cinca por ser un espacio protegido, ya que el promotor no solicito punto de conexión en otras subestaciones y puesto que en Zuera, un proyecto de incineradora de iguales características y del mismo promotor, tiene previsto construir una línea de 10 km. de longitud cruzando un espacio protegido (el LIC del Gállego), motivos por los que no se sostiene los argumentos alegados por el promotor.

También se incumplirían las distancias mínimas de las industrias peligrosas e insalubres , que deberán instalarse a una distancia mínima de 2000 m. del núcleo urbano, según el Reglamento de Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, vigente en la actualidad según jurisprudencia aportada.

Por estos motivos se solicita sea declarado el decreto de autorización especial en suelo no urbanizable como nulo de pleno derecho, decreto que permitía la instalación de la Incineradora en la parcela rústica que se halla a 600 m. del casco urbano de Monzón.

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