Multas de hasta 200.000 euros a los dueños de perros en España por un gesto que haces todos los días: el artículo 25 de la Ley de Bienestar Animal lo avala

Publicado el: 18 de mayo de 2026 a las 18:47
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Cartel de prohibido llevar perros sueltos en un espacio natural protegido de España.

Soltar al perro «solo un momento» en una ruta de montaña, una cañada o un parque nacional puede parecer un gesto inocente. El animal corre, huele, descarga energía y vuelve. Pero la ley española ya pone una línea muy clara cuando ese paseo entra en lugares públicos, espacios naturales protegidos o zonas donde hay ganado.

La clave no está solo en si el perro es bueno o si suele obedecer. La Ley 7/2023 de Bienestar Animal, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023, prohíbe dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en determinados entornos. Y eso cambia bastante la forma de salir al campo con una mascota.



Qué dice la ley

El punto importante está en el artículo 25. La norma prohíbe «dejar animales sueltos o en condiciones de causar daños en lugares públicos o privados de acceso público especialmente en los parques nacionales, cañadas donde pastan rebaños o animales u otros espacios naturales protegidos». No es una recomendación. Es una prohibición expresa.

Aunque en la práctica se habla casi siempre de perros, el texto se refiere a animales de compañía y animales silvestres en cautividad. Eso significa que no se trata de una simple norma para paseos urbanos, sino de una obligación de control cuando el animal puede afectar a personas, ganado o medio natural.



Y aquí está el matiz que muchos pasan por alto. La ley no espera a que haya un daño para recordar la responsabilidad del dueño. También sanciona dejar al animal en condiciones de poder causarlo. No es poca cosa.

Por qué importa

España no tiene cuatro zonas protegidas contadas. El Ministerio para la Transición Ecológica recuerda que el país cuenta con más de 2000 espacios protegidos, que ocupan alrededor del 30 % de su superficie. Dentro de ese conjunto, los 16 parques nacionales representan solo el 0,76 % del territorio, precisamente por su valor ecológico especial.

En estos lugares, un perro suelto puede asustar fauna, perseguir aves, entrar en zonas de cría o alterar rebaños. A veces no hace falta que muerda a ningún animal. Basta con una carrera, un ladrido o una persecución para romper la tranquilidad de un espacio que debería estar protegido.

Los estudios sobre áreas protegidas también apuntan en esa dirección. Una investigación publicada en Biological Conservation concluyó que la presencia humana puede causar molestias a la fauna y que ese efecto aumenta cuando las personas van acompañadas por perros. Las normas de correa, además, mejoran el control de estos animales en espacios sensibles.

No es solo una multa

La persona responsable del animal también responde por los daños, perjuicios o molestias que pueda causar a otras personas, a otros animales, a las cosas, a las vías públicas y al medio natural. Dicho de forma sencilla, no vale con decir «se me escapó». La responsabilidad sigue ahí.

Esto afecta de lleno a rutas con ganado, caminos rurales y zonas de paso de fauna. Un perro que corre detrás de ovejas o cabras puede provocar caídas, abortos, heridas o estampidas. Para quien pasea, puede parecer un susto de un minuto. Para el ganadero, puede ser un problema real.

También hay un asunto de convivencia. En un sendero estrecho, no todo el mundo quiere cruzarse con un perro suelto, aunque sea cariñoso. Hay niños, personas mayores, corredores, ciclistas y otros perros. La correa evita muchos disgustos antes de que empiecen.

Cuánto puede costar

El régimen sancionador de la Ley de Bienestar Animal distingue entre infracciones leves, graves y muy graves. Las leves pueden recibir apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros. Las graves van de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves de 50.001 a 200.000 euros.

Eso no quiere decir que cualquier perro suelto acabe automáticamente en la multa máxima. La cantidad depende de la gravedad del caso, del daño causado, de la negligencia, de la repetición de la conducta y de la repercusión sobre el medio natural. La ley lo deja graduado para que cada expediente valore lo ocurrido.

En la práctica, si no hay daños, lo normal es que el caso se mueva en el terreno de las infracciones leves. Pero si hay lesiones, sufrimiento animal, afección grave a fauna o consecuencias más serias, el escenario cambia. Y mucho.

Dónde sí puede correr

La ley no impide que un perro disfrute al aire libre. Lo que exige es hacerlo en lugares adecuados y bajo control. Los ayuntamientos pueden determinar espacios habilitados para el esparcimiento de animales de compañía, especialmente perros, como áreas caninas o zonas concretas de parques.

Por eso conviene mirar la ordenanza municipal antes de soltarlo. En algunas ciudades hay horarios, playas caninas, parques vallados o áreas específicas. En otras, la norma es más estricta. Y en espacios protegidos, lo prudente es consultar siempre la señalización del propio parque.

La regla práctica es sencilla. Si hay fauna, ganado, niños, tráfico, ciclistas, senderos estrechos o carteles de protección ambiental, la correa no es una molestia. Es una medida de seguridad. Para el perro también.

Qué debe recordar el dueño

La Ley de Bienestar Animal obliga a adoptar medidas para evitar que la tenencia o circulación del animal ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a personas, otros animales o cosas. No basta con confiar en que «nunca hace nada». La prevención forma parte de la tenencia responsable.

También es importante llevar al animal identificado, recoger sus excrementos y evitar que invada zonas de cría, cultivos, pastos o espacios señalizados. Son gestos pequeños, pero en la naturaleza pesan mucho. Y se notan.

En el fondo, la norma busca algo bastante simple. Que podamos salir con nuestros animales sin convertir el paseo en un riesgo para la fauna, el ganado, otras personas o el propio perro. La montaña, el bosque y los parques nacionales no son un patio privado.

La normativa completa ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado.

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ECOticias.com El periódico verde

Equipo editorial de ECOticias.com (El Periódico Verde), integrado por periodistas especializados en información ambiental: naturaleza y biodiversidad, energías renovables, emisiones de CO₂, cambio climático, sostenibilidad, gestión de residuos y reciclaje, alimentación ecológica y hábitos de vida saludable.

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