El gobiernodel Principado de Astutrias ha defendido en más de una ocasión que su plan de control del lobo ibérico en la zona busca «equilibrar la conservación del mismo con la protección de la ganadería extensiva, especialmente afectada por los ataques a reses·.
Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha admitido a trámite un recurso interpuesto por Verdes Equo contra este mismo programa; lo que supone un paso importante en la defensa de esta especie, que en los últimos años ha sido objeto de intensos debates.
Y es que por parte de Verdes Equo argumentan que el plan vulnera la normativa estatal y europea de protección de la fauna silvestre, al permitir actuaciones que podrían poner en riesgo la conservación del lobo en su hábitat natural.
Una nueva batalla ganada en la protección del lobo asturiano
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha admitido a trámite un recurso de impugnación presentado por Verdes Equo Asturies contra el programa de control del lobo de Asturias, cuya nulidad reclama el partido por no haber resuelto el Principado en «el mes de plazo legal» un recurso contra el mismo presentado el pasado 20 de mayo de 2025.
El TSJA ha ordenado al Principado la remisión del expediente administrativo completo, así como la diligencia de ordenación, y ha establecido un plazo de 10 días para que la Administración exponga lo que estime procedente sobre la aplicación de la medida cautelar de suspensión que fue solicitada.
El partido presentó el 20 de mayo un recurso solicitando la suspensión de la ejecución de la resolución del 24 de abril, por la que la Consejería de Medio Rural y Política Agraria aprobaba el programa, reclamando la nulidad de pleno derecho del mismo y la paralización de su eficacia inmediata hasta su resolución definitiva, con el fin de «evitar perjuicios a la biodiversidad, el paisaje y a la integridad territorial de difícil o imposible reparación«.
Sin embargo, la petición «no fue resuelta de forma expresa, ni comunicada ninguna resolución al respecto» en «el mes de plazo legal», sino casi tres meses después, mediante una resolución emitida «el 8 de agosto de 2025» de forma «extemporánea al haberse agotado el plazo reglamentario».
Verdes Equo ha señalado que el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece que «la ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurrido un mes desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración» el órgano a quien competa resolverlo «no ha dictado y notificado resolución expresa al respecto».
El 9 de octubre, la formación presentó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias impugnación tanto de la Resolución del 8 de Agosto en la que se desestimaba el recurso inicial como de la Resolución de 24 de abril en la que se aprobaban las actuaciones del control del lobo, según el comunicado.
El pasado 14 de octubre el recurso fue sido admitido por el TSJA, que ha ordenado al Principado la remisión del expediente administrativo completo, así como la diligencia de ordenación, y ha establecido un plazo de 10 días para que la Administración exponga lo que estime procedente sobre la aplicación de la medida cautelar de suspensión, ha informado Verdes Equo Asturies.