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viernes, junio 9, 2023

Estas son las ayudas económicas para el emprendimiento de EOI

Están dirigidas a impulsar el emprendimiento entre jóvenes de 16 a 29 años beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • 83 jóvenes con proyectos emprendedores se beneficiarán de esta iniciativa.

La Escuela de Organización Industrial ha publicado hoy la convocatoria de ayudas para la puesta en marcha de proyectos emprendedores dirigida a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Esta acción se enmarca dentro del Programa de Emprendimiento Juvenil que consta de formación y orientación al emprendimiento, así como ayudas económicas para la puesta en marcha de los proyectos emprendedores. El presupuesto total para estas actuaciones asciende a 5 millones de euros, de los cuales la financiación del Fondo Social Europeo aporta el 91,8%.

La convocatoria publicada en el BOE con fecha de 16 de junio de 2021 concederá ayudas económicas de hasta 3.000 euros destinados a facilitar los primeros pasos de todos aquellos y aquellas jóvenes, entre los 16 y los 29 años que sean beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que quieran poner en marcha un proyecto emprendedor.

Esta convocatoria, de ámbito nacional, cuenta con una dotación de 249.000 euros, permitiendo así que hasta 83 jóvenes puedan hacer frente a los costes más comunes al iniciar cualquier reto empresarial, como son los gastos de constitución de la empresa, el desarrollo de páginas web o la elaboración de planes de comunicación y marketing, entre otros.

Las solicitudes de estas ayudas se podrán solicitar desde hoy en la página web de la Escuela de Organización Industrial a través de este enlace y el plazo permanecerá abierto hasta el próximo 16 de julio de 2021 (30 días naturales desde la publicación de la convocatoria). A través de este Programa de Emprendimiento Juvenil, EOI reafirma su propósito de cumplimiento de la Agenda 2030 y en especial del Objetivo de Desarrollo 8: Trabajo Decente y Crecimiento Económico.

Aspectos generales de la convocatoria

Destinatarios: jóvenes emprendedores y emprendedoras de más de 16 años y menores de 30 años beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que no hayan iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención y que vayan a ejercer la actividad como personas físicas, o como personas jurídicas siempre que constituyan una sociedad y sean Administradores y posean al menos el 51 % del capital social de la entidad creada (para empresas de economía social se aplicarán porcentajes de capital social en función de forma jurídica).

Cuantía de la ayuda: hasta un máximo de tres mil euros (3.000€). Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables. Período subvencionable: actividad económica realizada en los 6 meses siguientes desde el inicio formal de la actividad de emprendimiento.

Conceptos susceptibles de ayuda: los gastos derivados de la puesta en marcha del nuevo proyecto empresarial, como son por ejemplo los siguientes: gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por franquicia, asesorías, programas de aceleración empresarial, misiones comerciales, participación en ferias, diseño de la imagen corporativa, elaboración y posicionamiento de páginas web, diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios… Quedan excluidas las inversiones, las cotizaciones a la seguridad social, el IVA, así como vehículos, gastos de comida y manutención o gastos financieros.

Plazo de presentación de solicitudes: 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE. Presentación de solicitudes: el impreso de solicitud y la documentación se cumplimentarán por vía telemática utilizando para ello los medios disponibles en: https://www.eoi.es/es/empresas/emprendedores/ayudas-al-emprendimiento   

Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.

Plazo de resolución: el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de esta convocatoria será de seis meses contados desde la publicación de la convocatoria, aunque se resolverán en la primera quincena de septiembre para todas las solicitudes recibidas. Pago de la ayuda:  previa justificación, a la finalización del periodo subvencionable, por el beneficiario o la beneficiaria de la realización de la actividad objeto de la ayuda.

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