La directiva contra el ecopostureo ya se aplica: ¿qué cambia en las etiquetas verdes?

Publicado el 28 de septiembre de 2026 a las 09:44
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Envases con mensajes ambientales ante la aplicación de la directiva contra el ecopostureo

La nueva directiva contra el ecopostureo va a exigir a partir de ahora una mayor claridad en cuanto a las promesas ambientales y en la información que se refiera a la durabilidad de un producto, las opciones de reparación y las garantías.

A partir de ayer, 27 de septiembre de 2026, ha entrado en vigor la directiva contra el ecopostureo. Su aplicación más visible la veremos en las etiquetas y en la publicidad, ya que ahora no se podrá decir que un producto respeta el medio ambiente o es ‘verde’ si no está plenamente justificado hacerlo. La Directiva (UE) 2024/825 no prohíbe que se empleen expresiones como ‘bio’ o ‘eco’, pero sí que lo hagan de forma indiscriminada y como ecopostureo.

Otro de los ángulos de la normativa contra el ecopostureo es que, si un producto tiene una mejora en parte de su cadena de producción, no puede decirse lo propio de la totalidad del mismo. También ponen énfasis en la información que debe darse a los compradores acerca de temas tan importantes como son las garantías, la durabilidad, las opciones de reparación o las actualizaciones del software. Se prevé que habrá una etiqueta que diferencia a quienes cumplen los requisitos de legalidad indicados.

La fecha europea tiene una precisión especial para España porque una directiva necesita incorporarse al derecho nacional y el país notificó en junio de 2026 a la Comisión Europea que tenía en marcha un anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible. Esa documentación permite diferenciar el comienzo de la aplicación de la nueva normativa del 27/9 previsto por la UE del estado de la adaptación a la misma a nivel español.

La directiva contra el ecopostureo ya se aplica en la UE

La Unión Europea (UE) ha elaborado una directiva que, desde este domingo, refuerza la fiabilidad de la información ambiental y planta cara al ‘ecopostureo’ con medidas obligatorias, como la prohibición de términos como «eco», «bio» o «verde» sin justificación clara con el fin de proteger y empoderar al consumidor final.

Las disposiciones que recoge esta directiva, conocida como EmpCo (Empoderamiento de Consumidores), son de aplicación obligatoria a partir de este 27 de septiembre y el objetivo principal es que los consumidores puedan tomar decisiones de compra «informadas» y contribuir así a «patrones de consumo más sostenibles», acabar con el ‘greenwashing’ (lavado verde), también conocido como ‘ecopostureo’.


La Unión Europea (UE) recoge en el texto que, por tanto, los comerciantes tienen la «responsabilidad» de proporcionar información clara, pertinente y fiable para acabar con prácticas «desleales» que inducen a error a consumidores, relacionadas con la obsolescencia programada, afirmaciones medioambientales engañosas o distintivos de sostenibilidad poco transparentes y poco creíbles.

Los términos Bio y eco solo pueden usarse si están justificados

Además de no inducir a error a los consumidores sobre características del producto (durabilidad, reparabilidad y reciclabilidad), de respaldar las afirmaciones de sus objetivos futuros (neutralidad climática) con una hoja de ruta realista o de no resaltar beneficios irrelevantes de producto para confundir al consumidor, están prohibidos ciertos términos sin justificación.

Se acabaron, por tanto, etiquetas como «respetuoso con el medio ambiente», «verde», «ecológico» o «biodegradable» en productos sin justificación expresa.

Asimismo, EmpCo prohíbe presentar un beneficio medioambiental de una parte del producto como si correspondiera a todo el conjunto y las afirmaciones de neutralidad climática basadas únicamente en la compensación de emisiones, pues dan a los consumidores la falsa impresión de que el consumo de ese producto no tiene ningún impacto medioambiental.

Normativas contra el ecopostureo del ámbito digital

La directiva EmpCo aborda también la obsolescencia temprana y programada, pues prohíbe diseñar productos con una duración limitada para evitar el aumento de residuos, entre otras cosas.

También especifica que no se puede ocultar que una actualización de software puede perjudicar el funcionamiento de un producto o servicio digital, incluyendo efectos negativos sobre la batería, rendimiento de aplicaciones o funcionamiento general; o presentar una actualización como necesaria si solo sirve para mejorar características funcionales.

De igual manera, prohíbe afirmar falsamente que un producto tiene una determinada durabilidad en condiciones normales de uso; presentar un producto como reparable cuando en realidad no puede repararse; e inducir al consumidor a sustituir elementos fungibles antes de que sea necesario.

Además, en los bienes con elementos digitales, contenidos y servicios digitales, los consumidores deben conocer el período mínimo de actualizaciones de software, incluidas las actualizaciones de seguridad, con el fin de evitar el ecopostureo.

El comprador debe estar debidamente informado

La directiva prevé que los consumidores tienen que recibir información sobre la durabilidad, reparabilidad y actualizaciones gratuitas de software.

En materia de garantía, los comerciantes deben informar al consumidor mediante una etiqueta si existe una garantía gratuita superior a dos años, más larga que el mínimo legal, que cubra todo el producto; para esto, destacar los productos más duraderos sobre el resto.

Y cuando sea posible, los comerciantes deben informar sobre opciones de entrega respetuosas con el medio ambiente, como vehículos eléctricos, bicicletas de carga o envíos agrupados.

Sandra M.G.

Inicie mi trayectoria en ECOticias.com como colaboradora y después desempeñé el puesto de redactora, especializada en temas como medio ambiente, cambio climático, energías renovables, sostenibilidad y ecología. Ganadora de varios premios literarios.

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