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viernes, marzo 31, 2023

El Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales, pinta mal

El Anteproyecto no afecta a la cautividad de animales con fines de exposición y entretenimiento, en zoológicos y delfinarios.

Una Ley de Protección, Derechos y Bienestar de cazadores, ganaderos, criadores y demás explotadores de animales: así vemos desde PACMA el Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales elaborado por la Dirección General de Derechos de los Animales. Por eso, hemos presentado 55 páginas de alegaciones a una ley que, de aprobarse tal y como está actualmente redactada, podría suponer un retroceso de décadas en la protección animal en muchas comunidades autónomas.

Lo más grave es que el Anteproyecto excluya de su ámbito de aplicación no solo a las reses de lidia y a la fauna silvestre, como hacen las leyes autonómicas de protección animal para permitir la tauromaquia y la caza, sino también a los animales domésticos considerados de producción y a los utilizados en experimentación, que sí están amparados por las leyes autonómicas.

Por ejemplo, la vigente Ley de Protección de los Animales de Andalucía, que data de 2003, contiene un título con disposiciones generales sobre las atenciones básicas que deben recibir todos los animales que viven en el entorno humano, incluidos los domésticos, de producción y experimentación.

“¿Cómo es posible que este Anteproyecto de Ley, que se está elaborando casi 20 años después, sea más atrasado en este sentido?”, se pregunta nuestra asesora jurídica, Eva Ramos. “Es increíble que el PSOE que gobernaba en Andalucía hace 20 años tuviera más conciencia en bienestar y protección animal y fuera más avanzado que el PSOE y el Unidas Podemos que actualmente gobiernan en el Estado. ¿Y se suponen partidos progresistas?”.

Un retroceso de décadas

De no retractarse el Gobierno en su pretensión de dejar fuera a los animales domésticos, la protección animal podría sufrir un retroceso de décadas en comunidades autónomas como Andalucía, cuyo Gobierno actual del PP ya trató de reducir el ámbito de aplicación de la ley andaluza a los animales de compañía. En su día, presentamos un manifiesto al Gobierno andaluz en este sentido, al que se adhirieron 90 entidades de protección animal andaluzas, y conseguimos frenar ese despropósito.

Sin embargo, de aprobarse una ley nacional cuyo ámbito de aplicación se limite a los animales considerados de compañía, gobiernos como el de Andalucía tendrían la excusa perfecta, y en otras comunidades autónomas podría suceder lo mismo en efecto dominó. Esto supondría un atraso abismal en la protección animal y sería imperdonable que sucediera de la mano del Gobierno que ha creado la Dirección General de Derechos de los Animales.

El sector cinegético no se verá afectado

Sin embargo, este no sería el único paso atrás. Otra de las cosas que no hacen las leyes autonómicas es distinguir a los perros utilizados para cazar del resto de los perros, o a sus responsables. Este Anteproyecto, en cambio, y muy al contrario de lo que se está transmitiendo desde el sector cinegético, no afecta en absoluto a la caza y, por el contrario, el colectivo de cazadores se vería, una vez más, privilegiado frente al resto de la población.

Por ejemplo, los cazadores y ganaderos que utilizan perros para cazar o como guarda de ganado no tendrán que realizar la formación en tenencia responsable que sí se va a exigir al resto. Es decir, se va a exigir formación a quienes no utilizan a los perros e, incomprensiblemente, no se va a exigir formación, precisamente, a los que los explotan.

Algo que incluso entraría en contradicción con la recientemente aprobada Estrategia nacional de caza, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que reconoce la falta de formación de los cazadores e incluye, entre sus objetivos, su formación sobre lo relativo a los perros que utilizan y su cuidado.

El Anteproyecto también exime a cazadores y ganaderos de otras obligaciones impuestas a los responsables de perros que se utilizan en actividades profesionales, como que los animales tengan que pasar una revisión veterinaria anual, ajustarse a horarios, lugares y medios de descanso de los perros, no utilizar animales que no hayan cumplido aún los 18 meses de edad, o que la edad de retiro sea determinada por un veterinario.

Sobre los demás perros utilizados en estas actividades, el texto prevé que, una vez que sean cedidos a centros de protección animal por haber alcanzado la edad de retiro, los gastos derivados de su cuidado correrían a cuenta de la persona jurídica o entidad pública titular del perro durante su periodo de actividad, hasta que se materialice la adopción del mismo. Sin embargo, se exime expresamente a los cazadores y ganaderos de esa responsabilidad, por lo que podrán seguir desechando a los perros y abandonándolos en estos centros, cuando ya nos les sirvan, a coste cero.

Una posición totalmente laxa hacia el sector ganadero

Para evitar cualquier tipo de conflicto con el sector ganadero, el Anteproyecto llega a extremos ridículos y absurdos, como establecer la esterilización obligatoria para todos los perros que habitualmente permanezcan en espacios abiertos, exceptuando expresamente de esta obligación sobre los perros utilizados para pastoreo o guarda de ganado, cuando son los perros que más tiempo se permite que pasen en espacios abiertos y completamente solos.

Otro de los aspectos que señalamos en nuestras alegaciones es lo que consideramos una utilización espuria de los derechos de los animales por parte del Gobierno, pues el Anteproyecto los define como “Derechos al buen trato, respeto y protección de los animales, derivados de las obligaciones que impone el ordenamiento jurídico a las personas”.

Así, se burlan de la ciudadanía, pero, sobre todo, se burlan de los animales. Eso no son derechos. Las personas también tenemos la obligación de tratar bien y respetar el mobiliario urbano, lo que no implica que los bancos, las papeleras o las farolas tengan derechos.

Dado que vivimos en un país cuya legislación permite que se mantenga a los animales cautivos de por vida con fines de exposición y entretenimiento, que se les persiga y acose para matarlos como deporte, que se les maltrate severamente en experimentos científicos, que se les explote como máquinas reproductoras de animales de compañía, o, incluso, que se haga de su tortura un espectáculo público, fomentado y protegido como patrimonio cultural, afirmar que los animales tienen derechos, es una falta de seriedad y de respeto absoluto, principalmente, hacia ellos.

En una reunión que mantuvimos en el mes de enero con el director de la DGDA, ya le advertimos de las consecuencias de establecer semejante definición en el Anteproyecto de Ley. Apenas tardamos unas semanas en toparnos con la primera de ellas. Al preparar las alegaciones a la nueva regulación del Torneo del Toro de la Vega, descubrimos que el capítulo que en la anterior ordenanza se titulaba «El respeto al toro» había pasado a denominarse “Los Derechos del toro”.

“Por el momento hemos podido presentar alegaciones al respecto. Sin embargo, ¿cómo podremos alegar que el Toro de la Vega no tiene derechos, cuando los defina en ese sentido una ley de ámbito nacional?”, apunta Eva Ramos.

Otros aspectos olvidados por el Anteproyecto de Ley

Uno de los supuestos avances que traería consigo el Anteproyecto es la prohibición de los circos con animales salvajes. Sin embargo, siete comunidades autónomas han prohibido ya los circos con animales salvajes – Aragón, Asturias, Cataluña, Castilla La Mancha, Extremadura, Galicia y Murcia – mientras que otras 4 han prohibido los circos con cualquier tipo de animal – Baleares, Comunidad Valenciana, La Rioja y Navarra –, por lo que un avance real sería prohibir los espectáculos circenses con todos los animales, no solo con animales salvajes.

Tampoco consideramos que el Anteproyecto solucione la problemática de los perros potencialmente peligrosos, a pesar de que así se ha afirmado durante estos meses desde la DGDA.

La diferencia es que el Anteproyecto prevé que los perros solo serán calificados como potencialmente peligrosos previa realización de un estudio de sociabilidad individualizado. Se desconoce por el momento cómo se van a realizar estos estudios a los perros, y en nuestras alegaciones hemos advertido que los animales, en entornos desconocidos y/o frente a personas desconocidas, pueden mostrarse inseguros, nerviosos y temerosos. Esto no es una solución a la problemática existente, sino que, por el contrario, puede provocar que sean muchísimos más los perros calificados como potencialmente peligrosos.

Otro de los puntos que nos preocupa es que el Anteproyecto establezca la definición de animales de compañía en base a un listado positivo de especies. Estamos totalmente en contra de que se establezca esta definición en base a un listado taxativo sobre qué especies pueden o no considerarse de compañía. Cualquier animal doméstico debería poder ser considerado de compañía si su tenencia se ejerce a tal fin.

Además, según prevé la Disposición final quinta sobre este listado, el Gobierno tiene un plazo de doce meses para elaborarlo desde la entrada en vigor de la ley, lo que podría provocar que la ley entre en vigor y haya un periodo de hasta 12 meses en los que no se sepa a qué especies de animales, además de a perros, gatos y hurones, sea de aplicación la propia ley.

Supone una gran decepción que el Anteproyecto no afecte a la cautividad de animales con fines de exposición y entretenimiento, en zoológicos y delfinarios. Además, al contrario de lo anunciado durante meses por la DGDA, permite la explotación de animales en romerías, eventos feriados, belenes, cabalgatas, procesiones y eventos similares.

En definitiva, consideramos que este Anteproyecto no es la ley que necesitan los animales, sobre todo porque da la espalda a la gran mayoría de ellos.

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