La actual «Directiva de imposición de los productos energéticos» fija unos tipos mínimos de tributación de la electricidad y de los productos energéticos usados como combustible de automoción y de calefacción. Sin embargo, la Directiva ha quedado obsoleta puesto que la imposición que se basa en el volumen de los productos energéticos consumidos, no puede hacer alcanzar los objetivos de la UE. De ahí que se necesite esta revisión que entraría en vigor en 2013, para que la UE pueda sus objetivos en materia de energía y cambio climático, tal como prevén las conclusiones del Consejo Europeo de marzo de 2008. La industria tendría hasta 2023 para ajustarse a la nueva estructura tributaria.
Para apoyar el «crecimiento sostenible» que se persigue con esta revisión, la Comisión propone que se divida el tipo mínimo de impuesto en dos partes, una se basaría en las emisiones de CO2 del producto energético y que fijaría 20 euros por tonelada de CO2. La otra, sobre el contenido energético, es decir, en la energía real que genere el producto medida en gigajulios (GJ). El tipo mínimo de impuesto se fijaría en 9,6 euros/GJ en el caso de los combustibles de automoción y en 0,15 euros/GJ en el de los combustibles de calefacción.
Por otra parte, la dimensión social también se tiene en cuenta en la revisión al contemplarse la posibilidad de que los Estados miembros eximan completamente la energía consumida en los hogares para calefacción, independientemente del producto energético usado. Además supondrá una oportunidad para que se replanteen sus políticas tributarias para fomentar el empleo y la creación de puestos de trabajo.