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lunes, septiembre 25, 2023

Cataluña quiere recuperar el tiempo perdido en las renovables

La Generalitat de Cataluña acaba de aprobar el decreto que regula la tramitación administrativa de los parques eólicos y fotovoltaicos en Cataluña, con el objetivo de simplificar el trámite de autorización y racionalizar su instalación sobre el territorio. Según el ejecutivo catalán, la nueva norma «establece un nuevo procedimiento administrativo que permitirá responder más rápidamente las solicitudes de los promotores y, al mismo tiempo, determina unos criterios homogéneos que concilian el desarrollo de las energías eólica y fotovoltaica con la conservación ambiental, urbanística y paisajística del país «.

De cinco años a 18 meses

Según explicó el consejero de Economía y Finanzas, Antoni Castells, en la presentación del decreto, la tramitación de los nuevos proyectos pasará de los 5 años de media actuales a 18 meses. El requisito para beneficiarse de esta agilidad administrativa será presentarse a los concursos que el ejecutivo catalán pondrá en marcha como máximo a partir de enero para las denominadas zonas de desarrollo prioritario (ZDP), unos espacios aún por definir pero «donde se dan las condiciones óptimas para la ubicación de parques eólicos» de más de 5 aerogeneradores o más de 10 MW de potencia. Estas áreas dispondrán, además del recurso eólico necesario, de capacidad para evacuar a la red eléctrica la energía producida y de viabilidad ambiental, paisajística y urbanística. En este sentido, la Dirección General de Energía y Minas será el órgano interlocutor a través del cual los promotores podrán dirigirse para llevar a cabo la totalidad de los trámites propios de este tipo de proyectos (trámites energéticos, ambientales y urbanísticos).

 

Los concursos para nuevos parques eólicos sumarán 834 MW, lo que supone el doble de toda la potencia instalada en la actualidad. De esta manera, la entrada en vigor de este decreto pretende ayudar a alcanzar los objetivos establecidos en el Plan de la energía de Cataluña 2006-2015 en materia de energías renovables: en la actualidad, el parque en funcionamiento es de 447 MW, pero con los proyectos hoy en construcción (unos 300 MW) y los autorizados (unos 1.000 MW), a finales del próximo año se llegará a 1.500. Con posterioridad, entre los permitidos y otros en trámite se llegará a 2.500 y, con los que se sacarán a concurso (834 MW) y la treintena de miniparques eólicos -de menos de 10 MW- que Gamesa prevé construir en Girona se llegará al objetivo de 3.500 MW en 2015.

EolicCat pide la concreción inmediata de las ZDP

 

La Asociación Eólica de Cataluña, EolicCat, ha pedido al ejecutivo catalán que concrete «lo antes posible y de forma simultánea» las zonas donde se podrán desarrollar parques eólicos, las llamadas Zonas de Desarrollo Prioritario (ZDP). EolicCat ha explicado que el objetivo de esta petición es que no se produzca «un retraso en la implantación eólica» y que los promotores puedan «operar con garantías». EolicCat ha pedido también que se firme «pronto» el convenio entre la Generalitat y Red Eléctrica Española (REE), que es

«imprescindible» para dotar de conexión las ZDP.

 

Instalaciones fotovoltaicas

En cambio, en solar fotovoltaica ya se ha alcanzado e incluso superado el objetivo establecido para 2015, que eran 100 MW (en concreto, hay 161 MW en funcionamiento). Ahora, con el nuevo decreto, se establecen una serie de condicionantes para su emplazamiento: en el caso que se quieran construir en suelo no urbanizable, las instalaciones se deberán ubicar en terrenos contiguos a ámbitos industriales -supuesto en el que la superficie máxima de las instalaciones de captación solar podrá ser de 6 hectáreas, con una distancia mínima entre parques de 500 metros- o equipamientos agrícolas o ganaderos, o en otros tipos de edificaciones con una superficie de más de 150 metros cuadrados o con conexiones a la red eléctrica o de agua corriente -en este caso, la superficie de la instalación no podrá ser superior a 3 hectáreas.

 

También se podrán instalar parques fotovoltaicos en terrenos gravemente degradados por actividades anteriores y que no hayan sido restaurados -siempre que el parque fotovoltaico no beneficie a quien haya incumplido la obligación de restaurarlo-, o bien en terrenos que formen parte de infraestructuras o zonas de servidumbre, o en zonas especialmente habilitadas para tal fin en los Planes especiales urbanísticos.

 

FUENTE: Sostenible.org

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