Existen múltiples fórmulas de financiación para instalar sistemas de autoconsumo. Muchas empresas seguro que os ayudan a conseguirlas, aunque tampoco se pierde nada al preguntar al ayuntamiento por las posibilidades.
El IDAE acaba de publicar la versión actualizada de la “Guía de tramitación del autoconsumo” para solventar dudas y facilitar que cualquier persona o empresa se convierta en prosumidora.
Ya sabéis, para que produzca y consuma su propia energía renovable. Como complemento a “pie de calle”, ahora lanza una “guía con los cinco pasos” a seguir para conseguir este objetivo, escrita para el ciudadano corriente.
Además de los cinco pasos, incluye otras informaciones prácticas, presentadas de forma muy esquemática y comprensible, cosa que agradecemos quienes nos metemos poco a poco en los diferentes vericuetos para aprovechar las ventajas del autoconsumo.
Y encima muestra ejemplos tipo de instalaciones en edificios de viviendas comunitarios y en casas unifamiliares.
Con la guía se aprende desde qué es el autoconsumo hasta si es viable económicamente y cuáles son los pasos que hay que dar. Vamos con ellos.
¿Qué es el autoconsumo?
La aprobación del Real Decreto (RD) 244/2019 que regula las condiciones del autoconsumo en España ha sido posiblemente una de las noticias que más me ha gustado dar en mi blog.
Montarse una instalación de energía solar fotovoltaica u otra fuente renovable para producir nuestra propia energía limpia, y aprovechar sus beneficios ambientales y económicos, es ahora más sencillo.
Os recuerdo los beneficios: impulso a las renovables, ahorro en la factura eléctrica y menor dependencia de los cambios de precio de la tarifa eléctrica, ya que una parte del consumo se cubre con la energía generada por el sistema de autoconsumo.
Además, con la nueva normativa se facilitan los trámites y reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica renovable sin peajes ni cargos.
¿Cómo es una instalación de autoconsumo?
Básicamente, la instalación se compone de unos paneles solares fotovoltaicos (pero también de un generador minieólico), inversores, cables, conectores y, opcionalmente, baterías para almacenar la energía.
El sistema se conecta a la instalación eléctrica de la casa o edificio y automáticamente genera un ahorro en la factura de la luz. La energía que se utilice en el edificio vendrá prioritariamente de la instalación de autoconsumo cuando ésta la esté generando, mientras que el resto seguirá viniendo de la red.
Si queremos hacer un seguimiento más preciso de nuestra instalación, existen sistemas que permiten medir la energía que está generando y consultarla en tiempo real mediante una aplicación móvil, una web o en el propio dispositivo.
Que sí, que seguro que os cabe todo en vuestro edificio o casa.
Para una instalación doméstica típica, los inversores y demás elementos no ocupan excesivo espacio, por lo que es viable instalarlos en edificios existentes.
La guía del IDAE nos recuerda también que la nueva normativa elimina la obligación de tener contadores adicionales en la mayoría de los casos, lo cual facilita la instalación.
¿Es viable económicamente? ¿Cuánto me cuesta y cuánto me ahorro?
Para que os hagáis una idea, con un buen equipo de 3 kilovatio se cubre la mayoría de las necesidades de iluminación y consumo eléctrico de un hogar de 60 m2 en el que convivan cuatro personas.
Si sois capaces de simultanear el consumo con la generación (fotovoltaica, por ejemplo) el ahorro en la factura eléctrica mensual puede alcanzar el 50%.
Cuanto más simultaneéis el consumo y la generación, mayor será este ahorro.
Dependiendo de la potencia instalada y del uso de la energía, dicha inversión se amortiza entre seis y diez años.
Además, hay ayudas y beneficios fiscales para amortizarlo antes, y sistemas de financiación para no tener que adelantar todo el dinero de golpe.
¿Cuando me sobra energía… ¿necesito baterías? ¿Tengo que regalar la energía sobrante?
La guía distingue entre instalaciones de autoconsumo sin excedentes y con excedentes. Las primeras están conectadas a la red de distribución o de transporte y, a través de un sistema anti vertido, no permiten que la energía excedentaria se inyecte a la red.
Las segundas, además de suministrar energía para autoconsumo, pueden inyectar la energía excedentaria en las redes de transporte y distribución. En esta segunda opción hay dos modalidades.
Para instalaciones menores de 100 kW podéis escoger un sistema de compensación simplificada, en el que vuestra comercializadora os compensa los excedentes como un ahorro en vuestra factura de la luz, mes a mes.
Para instalaciones más grandes se puede optar por la modalidad de autoconsumo con excedentes sin compensación simplificada. Esto permite vender todos los excedentes sin un límite mensual, pero para ello hay que darse de alta como productor de energía y hacer frente a trámites fiscales y administrativos.
Si quiero optar por un sistema de autoconsumo, ¿por dónde empiezo?
Antes de nada, tendréis que evaluar las condiciones para la instalación: qué espacio tenéis (tejado, cubiertas, jardín, etc.), las características de la zona o su orientación.
Por ejemplo, para los paneles solares fotovoltaicos la mejor orientación es la sur, aunque eso no impide que otro tipo de orientaciones no dé buenos resultados. Asimismo, según el real decreto, la instalación no tiene que estar necesariamente en el mismo edificio, sino en una zona próxima.
El siguiente paso sería contactar con una empresa especializada. Aquí las posibilidades son variadas: una comercializadora de electricidad (no tiene que ser obligatoriamente de la que seáis cliente), una empresa instaladora especializada de sistemas eléctricos, una de servicios energéticos (ESE) o una especializada en renovables.
Como con cualquier otro servicio, es recomendable solicitar varios presupuestos de empresas distintas.
La que finalmente elijáis, además de la instalación en sí, se encargará de dar todos los pasos técnicos y administrativos necesarios. Aquí la guía del IDAE resulta de gran ayuda.
Los pasos más importantes son la realización de un estudio de viabilidad, los trámites administrativos, licencias de obras o autorizaciones administrativas, el registro ante la comunidad autónoma y las notificaciones que correspondan ante la distribuidora de electricidad.
Los responsables del IDAE apuntan que, a medida que se avance en el desarrollo del autoconsumo, estas guías se actualizarán para recoger “con el mayor detalle posible las modificaciones que surjan en la tramitación de las instalaciones”.
Después de lo que os he contado, ¿os animáis a descargar la guía y a convertiros en autoconsumidores de energía limpia?
Fuente: La energía de Luzia