En este caso, para acceder a la ayuda, los ganaderos deben notificar el ataque en las 12 horas siguientes a que se produzca, los animales deberán estar identificados según la normativa vigente y el informe pericial debe vincular las bajas -sólo se abonan indemnizaciones por los animales muertos o heridos no recuperables- a ese ataque.
La Diputación de Bizkaia ha consignado un total de 100.000 euros para indemnizar a los ganaderos cuyos animales se hayan visto afectados por alguna de las enfermedades que se tratan de controlar a través de los programas de erradicación y por los ataques de buitres leonados y lobos o cánidos asilvestrados.
Según ha informado la institución foral, tras la aprobación del correspondiente decreto estas ayudas, por primera vez, no se limitarán a complementar las indemnizaciones que conceden los agroseguros a los ganaderos que han sufrido el ataque de lobos o cánidos salvajes, sino que darán cobertura a todas las explotaciones ganaderas susceptibles de sufrir un siniestro de este tipo, tengan o no suscrito un agroseguro.
En este caso, para acceder a la ayuda, los ganaderos deben notificar el ataque en las 12 horas siguientes a que se produzca, los animales deberán estar identificados según la normativa vigente y el informe pericial debe vincular las bajas -sólo se abonan indemnizaciones por los animales muertos o heridos no recuperables- a ese ataque.
El decreto también establece las condiciones que deben cumplirse para ser indemnizado por las pérdidas sufridas a consecuencia de los ataques por buitres leonados, indicando que éste debe notificarse en las primeras 12 horas desde que se produjera, que el informe pericial debe vincular las bajas al suceso y que no se trate de cabezas de ganado enfermas.
Estas indemnizaciones también se conceden a ganaderos que hayan tenido que sacrificar obligatoriamente a alguna o algunas de sus reses por encontrarse afectadas por enfermedades que se tratan de controlar a través de programas de erradicación como los de la tuberculosis, brucelosis, leucosis y perineuminía, o con los programas oficiales de control de la paratuberculosis y la diarrea vírica bovina que vienen acometiendo agrupaciones ganaderas.
El decreto aprobado este lunes regula los importes de las ayudas que tienen derecho a recibir los ganaderos, así como las condiciones para percibirlas, estableciendo un baremo de valoración para los animales sacrificados y ayudas a la reposición de los animales enfermos para evitar la pérdida de capacidad productiva de la explotación ganadera.
ep