Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, cuya cuantía máxima es de 7,5 millones de euros, las organizaciones y asociaciones de criadores de razas ganaderas puras de ámbito nacional, que carezcan de fines lucrativos, y que estén reconocidas por el MARM para la gestión de los libros genealógicos.
También podrán solicitar estas subvenciones aquellas entidades de segundo grado, que estén igualmente reconocidas por el Ministerio, y que incluyan, al menos, una asociación reconocida oficialmente.
Estas ayudas deberán destinarse a educación, formación y divulgación; a la organización de certámenes ganaderos; a la creación o mantenimiento de libros genealógicos; a la realización de pruebas destinadas a determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado; y a la mejora genética mediante inversiones en centros de testaje, de reproducción y otras instalaciones.
Según establece la Resolución, tendrán prioridad en la concesión de las subvenciones las organizaciones o asociaciones de criadores de razas autóctonas, según la clasificación del Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.
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