El Grupo TRES MARES es titular de una presa de 10 metros de altura y 70 metros de largo que deseca de modo recurrente el río Castro (Cee, La Coruña) desde 1969 y bloquea por completo el ascenso y descenso del mar al río de especies como el salmón atlántico, el reo, la anguila y la lamprea. Además, cuenta con una escala íctica que es imposible de remontar y bajar para estas especies. La presa deriva la práctica totalidad de los caudales del río para los estanques de la considerada mayor piscifactoría de España. La desecación de este río afecta a un espacio de gran calidad, pues es Lugar de Importancia Comunitaria “Costa da Morte” de la Directiva de Hábitats, Zona de Especial Protección para las Aves de la Directiva de Aves, ambas de la UE, y Zona de Especial Protección de los Valores Naturales aprobada por la Xunta de Galicia.
Este gran paso legal ha sido gracias a nuestras denuncias por la posible comisión en una zona protegida de varios delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, captación abusiva de aguas, detracción de aguas públicas y defraudación de fluido, dada la gravedad de los hechos, ya que hablamos del incumplimiento continuado de la Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad, la Ley de Aguas y la Ley de Pesca Fluvial de Galicia.
Según la denuncia de la Fiscalía, TRES MARES incumple desde al menos 1994 “de manera consciente y voluntaria los términos de la concesión”, y en determinados momentos la presa “no vierte caudal ecológico alguno”. La Fiscalía también se refiere a episodios de vertidos ilegales. Asimismo, la Xunta incoó el pasado septiembre un expediente sancionador por carecer de módulos de limitación de caudales, algo obligatorio desde 1986.
RÍOS CON VIDA felicita a la Fiscalía y al SEPRONA por su labor e insta a la Xunta de Galicia y al Juzgado a que adopten de inmediato las medidas cautelares que garanticen que el río Castro recupere su caudal y que la presa deje de ser un obstáculo. Para ello se hace indispensable declarar de oficio caduca la concesión y que se proceda a demolición de la presa y la restauración del río con cargo al infractor, quien deberá hacerse cargo de la responsabilidad medioambiental correspondiente.
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