Se reintegrará urbanísticamente un área de suelo urbanizable industrial en Pedret i Marzà; adapta el documento a la ampliación del conector entre los espacios naturales del Aiguamolls de l’Empordà y de la sierra de la Albera, y se excluyen de la categoría de suelos de protección especial unos terrenos al norte de Mas Ahumados, en el municipio de Roses, que se habían incluido a partir de una alegación estimada.
El Plan director urbanístico del suelo no urbanizado de la sierra de Rodes y sus entornos se aprobó el año 2006, con la voluntad de contar con un instrumento que permitiera una aproximación detallada a un ámbito de gran fragilidad, como es el comprendido por los municipios de Garriguella, Palau-Saverdera, Pau, Pedret i Marzà, Rosas-parcialmente-y Vilajuïga.
Los objetivos del PDU eran proteger los espacios naturales, regular el suelo no urbanizable o no urbanizado, identificar las unidades paisajísticas, definir un modelo territorial por los asentamientos urbanos y establecer unas directrices para coordinar la ordenación urbanística.
Sin embargo, el PDU se aprobó anteriormente en el Plan Territorial Parcial de las Comarcas de Girona, de una escala de planificación y también de un alcance territorial superior. Fruto del análisis de los dos documentos, el TES detectó una serie de incoherencias en el PDU, que aconsejaron introducir ajustes. Hoy la Comisión de Política Territorial y de Urbanismo se da por enterada de los trabajos realizados relativos a la modificación y refundición del PDU de suelo no urbanizado de la sierra de Rodes.
Consolidación de zonas industriales y ampliación de conectores naturales
La modificación del PDU de la sierra de Rodes servirá, esencialmente, para llevar a cabo los siguientes cambios:
• Reintegración urbanística en Pedret i Marzà: en este municipio, el PDU suprimió un área de suelo urbanizable industrial que se encuentra separada del núcleo urbano si bien, posteriormente, se pudo constatar que ya se encontraba ocupada por activivitats industriales y almacenes legalmente implantados , en su día, en suelo no urbanizable. La no consideración de suelo urbanizable impedía la regularización de una situación existente y ajustada a derecho.
De hecho, el Plan territorial parcial de las Comarcas de Girona, en atención a estas circunstancias, y estimando parcialmente las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Pedret i Marzà y otros particulares, otorgó a esta área el nivel de suelo con protección preventiva con el objetivo de que se pudiera acabar considerando como suelo urbanizable. La modificación del PDU pemetrà, pues, la reintegración urbanística de esta área.
• Exclusión del PDU de los suelos en el norte de Mas Ahumados: por un error, durante la tramitación del PDU se incluyó como suelo no urbanizable una franja de terreno de 5,27 hectáreas al norte de la urbanización de Mas Ahumados, en el término municipal de Roses. Dado que se trata de suelos urbanos y, por tanto, por su propio concepto no son objeto del PDU, ahora se aprovecha la modificación del documento para excluirlos, corrigiendo el error.