El Gobierno catalán considera «del todo normal» que las ganaderías que se dedican a la cría de toros de lidia organicen tientas para comprobar la bravura de los animales y, por tanto, no necesitan de una autorización específica de la administración para realizar esta actividad en Cataluña.
Así lo ha constatado el conseller de Interior de la Generalitat, Ramon Espadaler, en una respuesta parlamentaria a la diputada de ICV-EUiA Hortènsia Grau consultada por Europa Press, en la que también precisa que «las tientas no son un espectáculo público» aunque dispongan de una pequeña plaza para su realización.
De este modo, Interior descarta la inspección de estas actividades y las diferencia de aquellas recogidas en la prohibición taurina aprobada en el Parlament en 2010, por lo que tampoco considera precisa la asistencia veterinaria o sanitaria y, de facto, descarta la imposición de sanciones.
La respuesta llega después de que la plataforma Prou!, impulsora de la iniciativa legislativa popular (ILP) que provocó la prohibición de las corridas de toros en Cataluña, haya presentado un recurso contencioso administrativo en los tribunales para pedir la suspensión de la celebración de tientas taurinas en las comarcas del sur de Tarragona.
El recurso, adelantado por Europa Press, ponía el foco en la celebración de diversas tientas celebradas en el municipio de Alfara de Carles (Tarragona), con la supuesta presencia como público de turistas extranjeros, y conducida por toreros profesionales.
Prou! considera, a diferencia del criterio del Ejecutivo, que fruto de la prohibición taurina que entró en vigor en 2012 en Cataluña, las tientas se han transformado en un espectáculo nuevo –en el que se usa capote, muleta y banderilla de madera sin que muera el animal–, y que se celebran de forma pública añadiendo elementos propios de las corridas convencionales «por motivos lucrativos de carácter privado».
En este sentido, esgrime que la ley 28/2010 de reforma de la ley de protección de los animales aprobada en el Parlament, prohíbe específicamente en el artículo 6 «los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que tengan lugar dentro o fuera de las plazas de toros», con la excepción de los tradicionales correbous, regulados en una ley posterior.
Prou! ya presentó una primera denuncia en julio de 2012 ante la Conselleria de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de la Generalitat, que fue archivada, lo que motivó un recurso de alzada ante la Dirección General de Medio Natural que fue igualmente desestimado y que ha desembocado finalmente en la presentación en los tribunales del recurso contencioso administrativo.
PROMOCIÓN ESPECTÁCULOS
Espadaler, en su respuesta parlamentaria, añade que el Gobierno «no promociona espectáculos taurinos» porque son actividades que están prohibidas, y por tanto no puede promocionar negocios que tengan que ver con una actividad que no tiene cabida en la legislación catalana.
Asimismo, y sobre la posibilidad de que la Generalitat haga una campaña institucional para poner en valor que Cataluña es un territorio libre de corridas de toros, el conseller precisa que el Ejecutivo catalán «no tiene previsto realizar ninguna campaña de comunicación específica».
ECOticias.com – ep