El pasado 20 de Diciembre, se publicaba en el BOE la Ley de medidas urgentes en materia de Medio Ambiente, dedicada a modificar un popurrí de leyes ambientales. Entre ellas, la ley 22/11, de residuos y suelos contaminados, que cuenta con poco más de una año de vida.
La explicación de esta modificación es la simplificación y aclaración de determinados trámites. Sin embargo, cuando vemos las modificaciones reales nos preguntamos cuál es la clarificación. Básicamente, aparte de algunos cambios burocráticos en el transporte de residuos o en las denominaciones, la ley cambia dos elementos, que curiosamente han sido alabados por el movimiento ecologista y fuertemente criticados por la industria, ¿esto es simplificar?
En primer lugar se han modificado los apartados referidos a los sistemas de devolución, depósito y retorno. En la ley de 2011 se planteaban estos sistemas como obligatorios, siempre que se cumplieran una serie de premisas, estrictas y lógicas, si era el sistema que mejores resultados ofrecía, si era viable ambiental y económicamente, si afectaba al mercado…, pero aún así, la industria no estaba satisfecha, y quería un veto total a estos sistemas. Y parece que la presión ha dado sus frutos. Los Sistemas de devolución, depósito y retorno (SDDR o sistema de retorno) serán voluntarios (o sea, la industria es la que decide si lo implanta o no), salvo en los casos de peligrosidad, incumplimiento de objetivos y de difícil valorización. En un borrador anterior aparecía también como premisa que se demostrara si era el mejor sistema, pero la eliminaron…, ¿tiene alguna lógica?
El sistema de retorno de envases alcanza porcentajes del 98% de reciclaje en países como Alemania o Dinamarca. Mientras, en nuestro país solo se recicla un 15% de la totalidad de los residuos según Eurostat, se ponen más de 51 millones de envases en el mercado cada día y, sin embargo, 28 millones acaban en vertederos, parques, calles, jardines…Pero aún así, no queremos cambiar un sistema de recolección de residuos que se ha demostrado insuficiente e ineficaz. Está claro que al menos deberíamos intentar implementarlo para lograr una mejora.
La segunda modificación relevante de la Ley se refiere a las bolsas de plástico de un solo uso. En la ley original se planteaba una sustitución progresiva de las bolsas de plástico, para ir retirándolas del mercado. Nunca nos ha convencido este sistema, que apostaba por seguir con el consumo desmesurado de otros materiales, ya que abogaba por la sustitución de las bolsas de plástico por otras de material biodegradable. Parece ser que no es legal establecer este sistema, así que sería una oportunidad ideal para aplicar nuestra propuesta de introducir tasas al uso de las bolsas, y conseguir que la ciudadanía use bolsas reutilizables- Se trata de un sistema desincentivador, que da cumplimiento a la premisa “Quien contamina paga”. Pero esto se ha quedado relegado a la reglamentación, dejando en el limbo una vez más, el consumo de bolsas de plástico, un símbolo de la “incultura de usar y tirar”, y que además crea serios impactos en nuestro entorno y en el consumo de recursos naturales.
Nuestra conclusión es que esta ley no simplifica, sino que hace concesiones a la industria en detrimento de la protección de nuestro medio ambiente. Desde Amigos de la Tierra seguiremos trabajando por soluciones lógicas, viables y efectivas para nuestro entorno y nuestra sociedad, como los sistemas de devolución, depósito y retorno, y las tasas para las bolsas de plástico de un solo uso.
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