A partir de ahora, a la hora de realizar la Declaración de Hacienda, habrá deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas. Se trata de una serie de deducciones temporales por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que permitan alcanzar determinados niveles de mejoras.
Habrá tres tipos de deducciones: por las obras que tengan como objetivo la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración, por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable y por las obras de rehabilitación energética.
Cada una de ellas tendrá un porcentaje determinado que dependerá de que se cumpla con una serie de criterios directamente relacionados con el tipo de vivienda, la mejores realizada, la forma en la que se acredita la misma, los plazos de ejecución, etc.
Deducciones que promueven la eficiencia energética
La ciudadanía puede acogerse a una deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética. Las deducciones son las siguientes:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad, siempre que estuviese arrendada o con expectativas de arrendarla, siempre que se suscriba dicho contrato antes del 31 de diciembre de 2025. Hasta 7.500 € anuales.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación, alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finaliza el 31 de diciembre de 2025. Hasta 5.000 € anuales.
En el período de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023, se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas y que han supuesto un ahorro de 319,70 millones de euros en el impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Dichos datos, reflejan la concienciación creciente de la ciudadanía con la rehabilitación energética de las viviendas para reducir el consumo de combustibles fósiles, que se observa en la evolución que han tenido dichas deducciones.
En el año 2021 se presentaron un total de 2.535 declaraciones, pasando a 55.761 en el año 2022 y elevándose dicha cifra hasta las 110.940 del año 2023, lo que da un total de 169.236 declaraciones las presentadas en los tres años de aplicación.