La nueva Ley de Residuos estatal, fruto de la trasposición de la Directiva a nuestro ordenamiento jurídico, hace referencia expresa a los biorresiduos y posibilita que los planes y programas incluyan medidas para impulsar su recogida separada para que sean sometidos a tratamiento biológico y luego se pueda obtener compost de calidad y ambientalmente seguro en el sector agrícola, la jardinería o la regeneración de áreas degradadas, en sustitución de otras enmiendas orgánicas y fertilizantes minerales. Se pretende también impulsar el compostaje doméstico o comunitario.
En función de su origen, los biorresiduos incluyen los generados en los domicilios y por los grandes productores. En cuanto a los domiciliarios se refiere a los restos de alimentos y los residuos verdes generados en las cocinas, huertas y jardines de las viviendas, que normalmente son objeto de recogida por los entes locales. En lo que se refiere a los generados por los grandes productores, se comprenden los restos de alimentos producidos en comercios, supermercados, mercados centrales, centros comerciales, grandes superficies, comedores, restaurantes, hoteles, etc., así como los residuos verdes resultantes de las labores de jardinería pública, construcción de infraestructuras, etc.
Actualmente, la recogida en origen de biorresiduos es muy baja, así que se está a la espera de la aprobación de los «planes y programas» mencionados en la nueva Ley de Residuos que pretende impulsar la implantación de este tipo de recogida por toda España. Tanto las autoridades ambientales, como las empresas y ciudadanos van a ser los responsables del éxito de la recogida selectiva de los biorresiduos.