Pionera sentencia para Colonias Felinas. Ambas alimentadoras tenían el carnet del Ayuntamiento de Santa Pola que les autorizaba a cumplir con su labor de cuidado. El único gato que quedaba en esa colonia estaba vacunado, desparasitado, esterilizado. La colonia se encontraba en suelo público, no en terreno de su propiedad. Aun así, el gato que tenía cerca “le molestaba”.
El juzgado de Instrucción nº 1 de Elche (Alicante) ha acordado en sentencia condenar a A.A.B. como autor responsable de un delito leve de lesiones, a la pena de 30 días de multa, con cuota diaria de 5 euros, más pago de las costas. En caso de impago de la multa, se sustituirá por QUINCE DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD.
Asimismo, deberá abonar a la alimentadora agredida, la cantidad de 269,85 euros, en concepto de responsabilidad civil. Del mismo modo, se prohíbe al condenado el acercamiento a una distancia no inferior de 100 metros respecto de la denunciante o los lugares frecuentados por esta (incluyendo su colonia). Así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio por un período de 3 meses.
Se trata de una resolución judicial que ha sido muy apreciada por el mundo felino. Supone una protección a la figura de las alimentadoras-gestoras de colonias felinas y a la vez a las colonias felinas que cuidan. Pionera sentencia para Colonias Felinas.
Un valioso precedente
En palabras de Eloi Sarrió, director de Aboganimal, que representaba a la asociación CER y a las alimentadoras denunciantes:
“Con sentencias como esta ganamos todos. Lo decimos mucho, pero es preciso reiterarlo: las alimentadoras-gestoras de colonias felinas tienen derecho a realizar su valiosa labor social, tranquilas y sin interferencias. Solo así, las colonias felinas pueden estar protegidas. Esta sentencia es un justo reconocimiento a su dignidad. Sabemos que la pena impuesta puede parecer poca cosa, pero es muy importante como precedente. Por su valor simbólico, porque les otorga protección en el ejercicio de su labor y porque impone al condenado, no solo el alejamiento de la alimentadora, sino también de su colonia”.
Eloi Sarrió – Abogado Alicante- AbogAnimal