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martes, mayo 30, 2023

Quieren incentivar la ganadería extensiva en Red Natura 2000 y zonas oseras

De este modo, las medidas objeto de ayuda se enmarcan en dos líneas de actuación claramente delimitadas. La primera de ellas, se refiere a las ayudas a la ganadería extensiva como método de mantenimiento de los hábitats supraforestales en los espacios pirenaicos Natura 2000.

 

El presupuesto inicial asciende a 562.000 euros, con lo que se ajusta a las peticiones que se han realizado en ejercicios anteriores, sin perjuicio de que si fuera necesario podría ampliarse el crédito disponible. El presupuesto procede únicamente de los fondos de la Comunidad Autónoma, a diferencia de años anteriores en los que la Unión Europea aportaba a Aragón financiación a través de la medida agroambiental sobre compatibilización de la ganadería en zonas de presencia de oso para este año.

 

Con esta Orden se pretende incentivar el pastoreo en régimen extensivo durante al menos 100 días en los pastos alpinos y subalpinos, habida cuenta de que la persistencia de estos usos ganaderos en los puertos de montaña constituye un elemento esencial para la preservación de este tipo de hábitats.

 

El segundo módulo, de carácter adicional al anterior, se establece como incentivo a la sostenibilidad de las explotaciones ganaderas, subvencionando la adopción de sistemas eficaces de protección del ganado frente al oso, apoyando a la ganadería que ejecute acciones específicas de compatibilización oso-ganadería.

 

La cuantía de la ayuda, en este caso, se modula en función de la presencia más o menos frecuente del oso pardo en las distintas áreas pirenaicas. Así, se definen las Zonas de Gestión 1 que incluyen las áreas con osos residentes la mayor parte del año, y las Zonas de Gestión 2 , que incluyen áreas frecuentadas regularmente por osos divagantes. La compensación de las medidas definidas en los módulos 1 y 2 se adopta sin perjuicio de los daños directos derivados de ataques a las reses, que el Departamento de Medio Ambiente promueve a través de la aplicación de la la Orden de 31 de marzo de 2003, por la que se establecen medidas para la protección y conservación de las especies de fauna silvestre en peligro de extinción

 

La Orden establece quienes son los beneficiarios y cuáles son los requisitos para obtener las subvenciones en cada una de las líneas de ayuda. Las ayudas otorgadas al amparo de la presente Orden serán compatibles con otras ayudas para la misma actividad provenientes de otras Administraciones Públicas o de entidades privadas, sin que, en ningún caso, se supere por la concurrencia de las mismas el cien por cien de la inversión a realizar. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales contado a partir del día siguiente a la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Aragón.

 

Seguimiento y vigilancia

 

Además de esta subvención, el Departamento de Medio Ambiente dedica este año 2009 un presupuesto de 450.000 euros para el desarrollo de estudios y de vigilancia y seguimiento de la población osera. A estas medidas hay que tener en cuenta que se ha continuado con las medidas de apoyo a la ganadería a través del transporte de materiales a puertos contando con los helicópteros del operativo de incendios.

 

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