En su intervención Jesús Casas ha repasado las principales desventajas constatadas en el medio rural como la feminización de la parcialidad de las jornadas laborales y la temporalidad de los contratos, la diferencia salarial de género, o la feminización de la asalarización frente a la masculinización del empresario rural.
“La sostenibilidad social del medio rural, ha subrayado en este sentido el Director General, necesita del arraigo femenino y para ello es impresciundioble no solo la creación de empleo, sinioo el acceso y la permanencia de las mujeres en el mercado laboral”.
Para potenciar la posición de la mujer rural tanto en el ámbito siocial como laboral, Jesus Casas ha explicado las principales actuaciones desarrolladas por el Ministerio en estos últimos años, como las relaciones con los agentes sociales y administraciones implicadas en temas de igualdad, la integración del Principio de Igualdad en la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural, el Plan de Igualdad de Género en el desarrollo del medio rural, las subvenciones y ayudas directas dirigidas a la discriminación positiva hacia las mujeres en el medio rural y muy especialmente la Ley de Titularidad Compartida de las explotaciones agrarias.
La Ley contempla la explotación agraria de tirularidad compartida como una unidad económica, sin personalidad jurídica y con efectos fiscales, que se contituye por un matrimonio o pareja unida por análoga relación de afectividad, para la gestión conjunta de la explotación, estableciendo como requisitos para los titulares, estar dados de alta en la Seguridad Social, ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal, y residir en el ámbito territorial rural en el que radique la explotación.
Tal como ha explicado el Director General, el régimen de titularidad compartida implica que las dos personas titualres pueden ejercer la representación, gestión y administración de la explotación agraria en igualdad de condiciones y a todos los efectos, debiendo repartirse al 50 por ciento los rendimientos generados por la explotación entre ambas personas titulares. También corresponderán por mitades iguales a ambas personas titulares las subvenciones, ayudas directas y ayudas de Desarrollo Rural, así como las correspondientes al pago único de la PAC.
Junto con las medidas que en materia de seguridad social, ayudas agrarias y de fomento contempla la Ley, Jesus Casas ha resaltado los efectos positivos generados, unos de carácter inmediato como la visibilización del papel ejercido por las mujeres en la agricultura, y otros a medio plazo como el reconocimiento profesional, económico y social.
También ha planteado el Director General otras consecuencias positivas que podrán generarse a través de la titularidad compartida, como la profesionalización de la actividad agraria, el apoyo a la agricultiura familiar, el rejuvenecimiento de las actividades agrarias femeninas, la mejora de las cuotas femeninas en las organizaciones o el reconocimiento material de derechos en materia de control y acceso a la gestión de la explotación.
Y junto a ellas, otras ventajas como lai ndependencia y autonomía de las mujeres rurales, su emponderamiento, el fomento del igualitarismo y la mejora de las condiciones de vida en áreas rurales.