Cambio climático: el Parlamento Vasco da el OK a la Ley de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi, que tiene como objetivo alcanzar la neutralidad, la resiliencia y una transición justa para 2050. Reconoce también que se realizarán los esfuerzos necesarios para adelantar el objetivo de neutralidad climática al año 2045.
Además, incluye los siguientes compromisos:
- Lograr la reducción de emisiones del 45% en 2030 con respecto a 2005.
- El ahorro en el consumo final de energía deberá ser, al menos, del 12% para el año 2030 y un 37% para el año 2050, tomando como base los datos de 2021.
- La participación en energías renovables en el consumo final energética deberá ser al menos de un 32% en el año 2030.
La Ley de Transición Energética y Cambio Climático de Euskadi recoge una combinación de acciones que apuestan por la implementación de la descarbonización y la adaptación al cambio climático, recogen la desinversión en explotación y extracción de hidrocarburos, utilizan la fiscalidad para promover actividades, introducen obligaciones para el cálculo de la huella de carbono en empresas, administraciones e instituciones públicas, promueven un Pacto Social por la Transición Energética y el Cambio Climático y la transición justa.
La norma recoge, entre otras cuestiones, la obligación de que las diputaciones y los municipios de más de 5.000 habitantes implementen planes de clima y energía. También crea el Registro Vasco de Iniciativas de Transición Energética y Cambio Climático para que consten públicamente la adopción de actuaciones en acción climática de las actividades que se establezcan reglamentariamente y otras secciones para aquellas organizaciones que quieran dar a conocer sus compromisos de manera voluntaria.
Este registro permitirá desarrollar la obligación para las instalaciones industriales de calcular su huella de carbono y elaborar un plan de descarbonización, que también se extenderá a las actividades comerciales y de turismo (en el plazo de un año se deberán definir a través de un reglamento estas obligaciones).




















