Según datos de Red Eléctrica de España, en 2010 la cogeneración cubrió el 12% de la demanda de electricidad en nuestro país, con una producción estimada de unos 32 TWh, algo superior a la de 2009. Esta cifra supone un crecimiento de la cobertura de la demanda nacional mediante cogeneración, que pasó del 11% en 2009 al 12% en 2010. La cogeneración supone también el 7% de la energía final consumida en España, utilizando el 20% del consumo nacional de gas natural, así como otros combustibles, ya que el 30% de la generación con biomasa en España también utiliza la cogeneración.
2010 ha sido un año importante para completar el marco regulatorio de la cogeneración:
sistema de revisión de primas y tarifas basado en indicadores internacionales y nacionales del gas
natural y RD 1565/2010 para la modificación sustancial, que ha establecido un marco homogéneo
para que el sector pueda acometer la renovación tecnológica y la mejora de la eficiencia en una
parte significativa de sus instalaciones. Unos 2.000 MW de instalaciones se renovarán y mejorarán
su eficiencia en los próximos 3 años, con más de 1.000 M€ de inversión, sirviendo de importante
motor de empleo, mejora de competitividad de la industria asociada y mejora de la eficiencia
energética del sistema eléctrico.
2011 volverá a ser un año de mucho trabajo regulatorio, están pendientes por ejemplo
(Ley de Ahorro Energético, primas y tarifas para después de 2012, acceso y conexión, CO2, etc.), y
en especial el establecimiento de un marco legal específico que se adapte a las propiedades
diferenciales de la cogeneración, eliminando las barreras normativas y económicas que impiden su
desarrollo.
En este sentido, en el último congreso anual de cogeneración de COGEN España, celebrado
a mediados de marzo en Madrid, la asociación, que viene reclamando el establecimiento de un
marco específico desde hace años, proponía algunas medidas para acabar con estas barreras:
• Crear un grupo específico de microcogeneración (plantas menores de 50 kW) y eliminar el
límite superior del Régimen Especial (plantas mayores de 50 MW) que no permite el total
aprovechamiento del potencial de cogeneración.
• Aplicar la Directiva 2004/8/CE de fomento de la cogeneración de alta eficiencia que
permite, a diferencia del régimen español, reconocer los beneficios de la electricidad de alta
eficiencia producida y no sólo la entregada a la red.