Así consta en una resolución sobre la modificación no sustancial irrelevante de la Autorización Ambiental Integrada otorgada a la empresa Ferroatlántica, por la inclusión de un nuevo residuo peligroso, la modificación del código LER de otros residuos y la sustitución de un depósito de gasóleo por otro.
Según explica la resolución, que recoge Europa Press, con fecha 30 de abril de 2008, la Dirección General de Medio Ambiente otorgó autorización ambiental integrada al conjunto de instalaciones que conforman el proyecto ‘Instalación para la producción de ferroaleaciones, con una capacidad de producción de 225.000 toneladas’ y regularización del vertido de aguas residuales a Dominio Público Marítimo Terrestre, instalaciones ubicadas en los términos municipales de Camargo y Astillero y cuyo titular es Ferroatlántica.
Con fecha 16 de noviembre de 2010, la empresa presentó en la Dirección General de Medio Ambiente escrito en el que solicitaba la instalación de un depósito de gasoil de 20 m3 en sustitución de uno existente de 5 m3 y la inclusión de un nuevo residuo peligroso, así como la modificación de los códigos LER de algunos otros, en las listas de residuos peligrosos y no peligrosos de la resolución por la que se otorgó la autorización ambiental integrada de referencia.
La solicitud se basó, por un lado, en la generación de un nuevo residuo en la instalación y por otro, en estar algunos otros residuos incorrectamente codificados de acuerdo a lo dispuesto en la Orden por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos, siendo necesaria su corrección para poder ser entregados a los gestores autorizados de forma reglamentaria.
Una vez vista la documentación aportada por el promotor y el informe técnico emitido al respecto, se considera que la modificación solicitada tiene el carácter de no sustancial irrelevante, por lo que se autorizar a Ferroatlántica, S.L la producción de un nuevo residuo peligroso y la modificación de los códigos LER de otros residuos actualmente autorizados, así como la instalación de un depósito de gasóleo de 20 m3 en sustitución de otro de 5 m3 existente.
De este modo se modifica la resolución del director general de Medio Ambiente de fecha 30 de abril de 2008 por la que se otorgó a Ferroatlántica autorización ambiental integrada.
Así, a la tabla de residuos peligrosos autorizados (aceite; disolvente no halogenado; y mezcla agua hidrocarburos) se añade equipos informáticos de deshecho con una cantidad generada de 0,3 toneladas.
En cuanto a los residuos no peligrosos autorizados, varían los códigos LER respecto a los lodos y tortas de filtración que además pasan de una cantidad generada de 8.250 a 15.000 toneladas; gomas (plástico y caucho) que se mantiene en 21 toneladas; y maderas que pasa de 0,8 a 20 toneladas.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su notificación.
Asimismo, en el caso de otras Administraciones Públicas interesadas, podrá interponerse requerimiento previo ante el Gobierno de Cantabria en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en idéntico plazo, contando a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.
ECOticias.com – ep