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jueves, marzo 23, 2023

Minambiente ofrece incentivos tributarios a quienes inviertan en el medio ambiente

Proteger el medio ambiente le podría permitir a las empresas ahorrar dinero, quedar exento del IVA y dejar de evadir impuestos, solo por acogerse a los Beneficios consignados en los Estatutos Tributarios que ofrece el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Lo único que tienen que hacer es invertir en equipos o elementos que minimicen el impacto ambiental negativo, que se pueda causar a través de sus operaciones. El sector productivo puede beneficiarse de varias formas, pero antes debe inscribirse ante el Ministerio de Ambiente. Bienes excluidos del impuesto (Artículos 424-5 numeral 4):.

Quedan excluidos del impuesto sobre las ventas los siguientes bienes: (…) Los equipos y elementos nacionales o importados que se destinen a la construcción, instalación, montaje y operación de sistemas de control y monitoreo, necesarios para el cumplimiento de las disposiciones, regulaciones y estándares ambientales vigentes, para lo cual deberá acreditarse tal condición ante el Ministerio del Medio Ambiente. Importaciones que no causan impuesto (Artículo 428).

Las siguientes importaciones no causan el impuesto sobre las ventas: la importación de maquinaria o equipos siempre y cuando, estos no se produzcan en el país, destinados a reciclar y procesar basuras o desperdicios (la maquinaria comprende lavado, separado, reciclado y extrusión), y los destinados a la depuración o tratamiento de aguas residuales, emisiones atmosféricas o residuos sólidos, Para recuperación de los ríos o el saneamiento básico para lograr el mejoramiento del medio ambiente, siempre y cuando hagan parte de un programa que se apruebe por el Ministerio.

Según fuentes del Minambiente, cuando se trate de contratos ya celebrados, esta exención deberá reflejarse en un menor valor del contrato. Así mismo, los equipos para el control y monitoreo ambiental, incluidos aquellos para cumplir con los compromisos del Protocolo de Montreal.

La importación de maquinaria y equipos destinados al desarrollo de proyectos o actividades que sean exportadores de certificados de reducción de emisiones de carbono y que contribuyan a reducir la emisión de gases de efecto invernadero y por lo tanto al desarrollo sostenible.

Deducción por inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente (Artículo 158-2): las personas jurídicas que realicen directamente inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente, tendrán derecho a deducir anualmente de su renta el valor de dichas inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable, previa acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva, en la cual deberán tenerse en cuenta los beneficios ambientales directos asociados a dichas inversiones.

Otras rentas exentas (Artículo 207-2). Son rentas exentas las generadas por los siguientes conceptos, con los requisitos y controles que establezca el reglamento: Entre las rentas relacionadas con inversiones ambientales están: Venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas, realizada únicamente por las empresas generadoras, por un término de quince (15) años, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos establecidos en el Estatuto Tributario.

El Decreto 2532 de 2001 (por el cual se reglamenta el numeral 4° del artículo 424-5 y el literal f) del Estatuto Tributario contiene los requisitos para solicitar la exclusión de impuesto sobre las ventas, las definiciones de las que tratan los mencionados artículos.

La Resolución 978 de 2007 establece la forma y requisitos para presentar ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible las solicitudes de acreditación para obtener la certificación de que tratan los artículos 424-5 numeral 4 y 428 literales f e i, del Estatuto Tributario, con miras a obtener la exclusión de impuesto sobre las ventas correspondiente.

El Decreto 3172 de 2003 reglamenta el artículo 158-2 del Estatuto Tributario y la Resolución 0136 de 2004 en la que se establecen los procedimientos para solicitar ante las autoridades ambientales competentes, la acreditación o certificación de las inversiones de control y mejoramiento del medio ambiente.

Pasos a seguir

Los beneficios tributarios con el IVA requieren una certificación expedida por el Ministerio de Ambiente, mientras que los relacionados con el impuesto a la renta, dependiendo de las competencias, serán certificados por el Ministerio, las Corporaciones Autónomas regionales o las autoridades ambientales urbanas.

www.eluniversal.com.co – http://www.aerolatinnews.com/ – PNUMA – ECOticias.com

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