El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto el proceso de consulta pública previa hasta el 18 de enero de 2021 para analizar la necesidad.
Desde hace años colectivos de agentes forestales han planteado la posibilidad de que la Administración General del Estado impulse un proyecto de ley que regule el alcance básico de las funciones y actividades de los agentes forestales y medioambientales. La postura del MITECO pasa por acometer un proceso de elaboración normativa pero después de realizar una consulta previa al respecto y por ello ha abierto un plazo para recibir aportaciones al respecto hasta el 18 de enero próximo.
La idea es elaborar un proyecto de ley que fije un régimen jurídico básico para todos los cuerpos y escalas de agentes forestales y medioambientales, así como un marco jurídico adecuado para el desempeño de sus labores de policía, custodia y vigilancia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y ambiental, de funciones técnicas de apoyo a la gestión del medio ambiente y de funciones de auxilio y colaboración en emergencias y protección civil en el medio natural, con la consideración de servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil.
Las comunidades autónomas han regulado y desarrollado dos figuras de apoyo a la gestión del medio ambiente. Por un lado, la de agente forestal y, por otro, la de agente medioambiental y ambas establecen sus propios cuerpos y escalas, según los distintos casos, con sus correspondientes denominaciones y funciones, lo que resulta en una variada gama de formatos. Por otro lado, la Administración General del Estado cuenta también con su propia Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
La consulta pública plantea varias preguntas sobre la necesidad y oportunidad de que España plantee establecer una norma básica común de agentes forestales y medioambientales teniendo en cuenta las competencias autonómicas y la normativa ya existente. También quiere recibir aportaciones sobre los elementos que debería incluir tal proyecto de ley, en su caso, sobre las condiciones básicas de los cuerpos de la administración que regule y su modelo de organización común en el conjunto del territorio nacional.
Igualmente, plantea la pregunta sobre funciones y ámbitos de actuación de los cuerpos de agentes forestales y medioambientales en el supuesto escenario de coordinación, considerando los colectivos ya existentes, los diversos ámbitos de la política ambiental, y las funciones y ámbitos de actuación ya previstos en normativas estatal y autonómicas, en particular la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Por último, espera recibir también aportaciones sobre hasta qué nivel considera que deberían profundizar las determinaciones de la norma básica común en los diferentes elementos que se hayan identificado en las respuestas anteriores, teniendo en cuenta el contexto normativo y competencial actual.