De nuevo una buena noticia dentro del ámbito de los tribunales de justicia en la defensa de los lobos y detener las matanzas que están acabando con estos ejemplares en España.
En este caso, la noticia nace del recurso contencioso-administrativo que ha presentado el Fondo para la Protección del Lobo Ibérico ante al Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSHR) contra la Orden regional y en el que se pide que se fijen limitaciones o cupos en la caza del lobo ibérico en la comunidad riojana.
La Orden que se recurre es la Orden AGM/36/2025 de 16 de Junio del 2025 en la que se establecen ciertos períodos hábiles de caza en la temporada 2025-2026 en la comunidad riojana; al tiempo que define al lobo ibérico como especie cazable y hasta le da un valor económico de 1.298,67 euros por ‘pieza abatida’.
Un paso más, vía judicial, para proteger a los lobos… en este caso en La Rioja
El Fondo para la Protección del Lobo Ibérico ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante al Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSHR) contra la Orden regional, en el que pide la fijación de limitaciones o cupos en la caza del lobo ibérico en la comunidad, ha informado este lunes, en una nota.
El recurso se ha presentado a instancia de la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica y Ecologistas en Acción de La Rioja, como miembros del Fondo para la Protección del Lobo Ibérico, que cuenta con más de 50 entidades adheridas de España y Portugal.
La Orden recurrida (Orden AGM/36/2025 de 16 de Junio del 2025), por la que se fijan los períodos hábiles de caza en la temporada 2025-2026 en La Rioja, define al lobo ibérico como especie cazable, y le otorga una valoración económica de 1.298,67 euros por ‘pieza abatida’, detalla el Fondo.
Con esta Orden, ha subrayado, «no solo se autoriza la matanza de ejemplares de lobo ibérico en todos los terrenos cinegéticos que tengan aprobado su caza en un Plan Técnico de Caza, sino también en cualquier otra zona si se producen daños a la ganadería».
Sin embargo, los recurrentes entienden que en la orden no se establece ningún tipo de limitaciones o cupos, e incluso se consiente que al lobo ibérico se le de caza en batidas y recechos autorizados para otras especies cinegéticas. Junto con este recurso, se ha solicitado también al Tribunal Superior de Justicia de La Rioja la adopción de medidas cautelares para que se suspenda la caza del lobo hasta que no quede resuelto dicho recurso.
Esta solicitud, se basa en las conclusiones de un informe pericial elaborado por un grupo de científicos expertos en biología y ecología de grandes carnívoros. Desde el Fondo para la Protección del Lobo se entiende que esta orden «desoye las evidencias científicas, que demuestran que el lobo ibérico es una especie en estado de conservación desfavorable», como ha sido acreditado tras la publicación del censo de manadas de lobo ibérico elaborado por el Ministerio para la Transición Ecológica.
La protección del lobo en La Rioja, según los recurrentes, «tiene también un especial interés ya que este territorio es uno de los frentes de expansión de la especie hacia el este en la península Ibérica. El último censo nacional del lobo publicado recientemente estima cinco manadas en La Rioja, de las cuales sólo una es exclusiva de esta comunidad.
Este nuevo recurso se suma a iniciados en las comunidades de Asturias, Cantabria y Galicia. EFE / ECOticias.com