La cuantía de la subvención no puede exceder del 90% del importe de los gastos subvencionables con un máximo de 80.000 € por proyecto.
La cuantía de la subvención no puede exceder del 90% del importe de los gastos subvencionables con un máximo de 80.000 € por proyecto. Sin embargo, las actuaciones orientadas al fomento de la venta de productos usados y de bolsas reutilizables serán subvencionadas con un máximo del 50 %, y las actuaciones que sean solicitadas por varias entidades el importe no superarán el 40 %.
Pueden optar a esta subvención todos los ayuntamientos y mancomunidades de Gipuzkoa de gestión de residuos urbanos y las entidades sin ánimo de lucro que actúen en el territorio histórico. Asimismo, podrán participar las sociedades mercantiles, siempre y cuando, pertenezcan al sector público, con domicilio social y fiscal en la provincia y capital social exclusivamente de carácter público, y en cuyo objeto figure la gestión de residuos urbanos.
Las actuaciones más prioritarias serán aquellas destinadas a la prevención de generación de residuos relativas al compostaje doméstico y comunitarios, seguidas del resto de acciones de prevención y de reciclaje consistentes en el desarrollo de centros de aportación. Los criterios de valoración tendrán en cuenta la prioridad de la acción, la eficiencia, la población a la que va a llegar la experiencia, el carácter innovador y la calidad del proyecto.
https://ssl4.gipuzkoa.net/castell/bog/2015/05/15/c1504483.pdf