Como el propio director general de Calidad Ambiental del MARM, Jesús Huertas, declaró recientemente «sería impresentable que la ley no hiciera mención a esta herramienta [SDDR]». Huertas hizo mención a que el SDDR está implantado en numerosos países y es una herramienta que ha demostrado su eficiencia allí donde se ha implantado. En ninguno de los 35 países donde funciona ha sido un fracaso, sino todo lo contrario. Las autoridades y los consumidores han comprobado tras su puesta en marcha las ventajas ambientales, sociales y económicas del SDDR.
Sin embargo no estamos del todo satisfechos. La ley sólo contempla su puesta en marcha si se demuestra antes que el sistema vigente es mejorable, algo más que evidente a ojos de cualquier ciudadano, aunque luego los actuales gestores de los residuos nos faciliten unas cifras que tratan de demostrar que ellos hacen una gestión de acuerdo con las obligaciones de la Unión Europea.
En un país disperso como España, donde las transferencias de residuos están en manos de la Comunidades Autónomas y estas a su vez se han puesto en manos de los Sistemas Integrados de Gestión (SIG), es muy fácil maquillar las cifras de reciclado. Es más, no hay manera de contrastar los datos que proporcionan Ecoembes y Ecovidrio, y se trataría de una labor imposible hacer una investigación región por región de las cifras que estas entidades manejan.
Este es el motivo por el que hace tan sólo una semana las organizaciones ecologistas hayan interpuesto una Queja ante la Comisión Europea por fraude en las cifras que presenta nuestro país ante Bruselas, cuya única fuente son los actuales gestores de envases y embalajes. Nosotros, pedimos por nuestra parte que en nuestro país se implante un Observatorio de los Residuos, que venga a poner en claro la disparidad de cifras que se manejan, que evidencia un claro contraste entre los millones de envases que vemos en nuestros espacios públicos y las cifras oficiales que simplemente permiten lavar la cara ante Bruselas.
Cada día es más urgente que las estadísticas de los residuos sean las reales, para que las administraciones puedan tomar las políticas adecuadas en torno a los residuos.
La Ley recién aprobada sólo contempla la posibilidad de que el SDDR sea implantado si supera el dictamen de una comisión que evalúe su viabilidad técnica, económica y ambiental. Su puesta en vigor puede realizarse mediante un Decreto Ley del Consejo de Ministros. Pero está por definirse quienes integrarían esa comisión y si en ella sólo tendría opción de opinar aquellos que hoy mueven los hilos, las cifras y el enorme caos de los residuos urbanos, sin que hubiera una participación ciudadana donde la sociedad civil estuviera ampliamente representada.
Frente a las descalificaciones y acusaciones infundadas por el sector del «reciclado mínimo» que gestiona insuficientemente los residuos de envases, Retorna se siente en parte recompensada de que su propuesta de implantar en España un SDDR sea contemplada en la Ley. El intenso trabajo desplegado los últimos meses por las organizaciones ecologistas, sociales y empresariales que integran Retorna ha logrado convencer a los Grupos Parlamentarios. De esta manera se reconoce que no sólo los objetivos de Retorna representan los intereses de la sociedad civil, sino un innovador modelo de gestión de residuos de envases que nos lleve hacia una sociedad más sostenible.
Retorna, una joven asociación, formada por los 350 empresas del Gremio del Reciclado de Cataluña, CCOO, la Confederación de Consumidores y Usuarios y una decena de organizaciones ecologistas, ha sido atacada con una virulencia que no esperábamos, lo que significa que algo muy importante debe estar en juego.
Retorna considera que la implantación del SDDR es sólo un primer paso hacía un modelo de gestión de residuos que reduzca al mínimo los mismos. El SDDR permitirá volver a poner en marcha la reutilización de los envases de bebidas y avanzar hacia un modelo de «residuo cero» en el futuro. Recordamos que cada día se consumen en España 51 millones de envases de un solo uso, de los que sólo se recicla un 30%. El resto van al vertedero o la incineración, con lo que significa de impacto ambiental, derroche de materia prima y energía.
No obstante, la Ley de Residuos nace con las importantes carencias que ya contenía en parte la propia Directiva Marco. Tanto los objetivos de reducción (un 10% para 2020) como los de reciclaje siguen siendo bajos, sin ningún instrumento claro para cumplir y controlar su cumplimiento. La Ley no incluye ningún objetivo de reutilización de envases.
Además, la ley no obliga ni regula la recogida separada de la fracción biodegradable y su transformación en compost de calidad, que en nuestro país es una demanda social de amplio consenso ante la desertificación del territorio.
El calendario para la retirada de las bolsas de plástico es poco exigente y se basa principalmente en su lenta substitución por bolsas biodegradables, que sólo es un parche a la actual situación de miles de millones de bolsas abandonadas por el territorio. Por otra parte, no incluye tasas a los residuos con destino al vertedero o la incineración, ni impuestos ambientales a las bolsas de plástico o a los envases.
Finalmente contempla un periodo demasiado largo para desarrollo de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados y la revisión de la normativa, en particular de la antigua Ley de Envases y Residuos de Envases que, por cierto, ya contemplaba como preferente el SDDR para la gestión de envases.