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martes, junio 6, 2023

Barcelona restringe la movilidad eléctrica de patinetes, segways y otros vehículos

La nueva ordenanza regula el uso del casco, los elementos reflectantes, timbres y seguros entre otros. El rápido auge de estos nuevos medios de transporte junto el empujón del turismo ha hecho que ocurran incidentes los cuales no se acogían a ninguna normativa y quedaban totalmente desamparados. Esta nueva legislación prevé resolver estos conflictos que inevitablemente ocurrirán en nuestras ciudades. Peatones y ciclistas tenían que compartir hasta el momento espacios con estos medios de transporte sin regulación alguna lo que creaba complicaciones en la movilidad de todos los usuarios de las diferentes vías.

Esta modificación de la regulación es pionera en su ámbito y restringe los espacios por los que pueden circular los patinetes eléctricos, uniciclos y segways. El mismo ayuntamiento también realizará una campaña informativa dirigida a los ciudadanos y especialmente a los usuarios de estos vehículos.

La seguridad es el punto clave para entender esta nueva ordenanza tanto la de los usuarios de los VMP como la de los otros usuarios de la vía pública. Para que estos vehículos eléctricos puedan circular legalmente deben cumplir los requisitos técnicos de certificación establecidos y tener sus componentes correctamente homologados. El sentido común impera en la normativa de circulación ya que peatones y vehículos pueden coexistir siempre que respeten la preferencia de paso de los peatones. La velocidad tiene que ir adecuada con el paso de los peatones y las maniobras nunca deben entorpecer ni deteriorar la seguridad de la vía.

El consumo de alcohol y drogas queda restringido de la misma manera que se aplica en la normativa de vehículos. En las calles exclusivamente peatonales queda prohibida la circulación de patinetes eléctricos cuando haya una alta densidad de viandantes más específicamente lugares dónde no podamos guardar un metro de distancia entre peatones o no podamos circular en línea recta más de 5 metros. 

En reglas generales se permite el uso de estos dispositivos en carriles bici y calles anchas de peatones. Además, el texto categoriza los patinetes eléctricos según su forma y tamaño permitiendo a algunos de ellos bajar a la calzada en determinadas ocasiones, lo que a entender de algunos puede suponer un peligro para los usuarios de estos patinetes.

La normativa también obliga la utilización de casco para cualquier categoría de patinete eléctrico en actividades organizadas y turísticas mientras que sólo se recomienda para particulares en las modalidades menos pesadas de VMP pero lo obliga en segways de mayor tamaño.

Los patinetes que pertenezcan a las categorías de mayor tamaño es obligatorio tener equipados bocinas y luces para su correcta visibilidad en la vía. Como es lógico, los patinetes en los que se haga un uso comercial, ocio o turístico tienen una mayor regulación y en este caso los obliga a tener un seguro.

Uno de los puntos que seguramente afectará a más usuarios es que la edad mínima se establece a los 16 años. Sin duda uno de los públicos de los patinetes eléctricos son los jóvenes y esto implica que una buena parte de ellos no podrá utilizarlos legalmente. Según alcaldía las multas por la violación de esta normativa podrán ascender hasta los 500€ dependiendo de la gravedad de la infracción. 

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