Los pueblos indígenas que viven en aislamiento voluntario en la Amazonía dependen completamente de la selva para vivir. El Yasuní, en Ecuador, alberga a los pueblos indígenas no contactados Tagaeri y Taromenane que están bajo amenaza permanente debido a la extracción petrolera y de madera.
El Yasuní está ubicado en el punto de encuentro de la cadena montañosa de los Andes y la selva Amazónica, y atravesado por la línea ecuatorial. Su geografía única alberga uno de los niveles más altos de diversidad de reptiles, anfibios, pájaros y plantas de las Américas.
Yasuní es por sí solo el hogar de al menos 600 especies de hormigas, 100 especies de murciélagos, nueve especies de tucanes y más de 100.000 diferentes tipos de insectos.
Pero desde 1960 las grandes corporaciones han extraído petróleo a lo largo y ancho de la Amazonía ecuatoriana, dejando tras de sí un legado de destrucción y contaminación para las comunidades locales del Yasuní. Y por más que el pueblo ecuatoriano se pronunció en las urnas para que esta situación se acabara, se ha tenido que llevar el caso ante la CIDH.
Una sentencia histórica
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), sobre el alcance de los derechos de los pueblos indígenas Tagaeri y Taromenane, va más allá de obligar al Estado ecuatoriano a detener la explotación petrolera en el Bloque 43 del Parque Nacional Yasuní, pues protege a todos los pueblos indígenas en aislamiento de cualquier actividad extractivista que ponga en riesgo su derecho a la vida.
Así lo han destacado diversos especialistas consultados para analizar los alcances del fallo emitido por la Corte IDH el pasado jueves 13 de marzo y que en uno de sus acápites declara responsable al Estado ecuatoriano por “la violación a los derechos a la propiedad colectiva, a la libre determinación, a una vida digna, a la salud, a la alimentación, a la identidad cultural, a un ambiente sano, a la vivienda, a la vida” de los dos pueblos mencionados.
De acuerdo con la sentencia, a partir de ahora se ampliará la zona intangible de los pueblos Tagaeri y Taromenane y se conformará una comisión para supervisar cada dos años todas las medidas que tome el Estado respecto a los territorios de los pueblos en aislamiento.
“Esto significa que se debe detener la actividad extractiva, pero no solo en el Bloque 43, sino también en otros lugares donde haya señales de presencia de pueblos aislados (…) La Corte está poniendo la vida de los pueblos aislados, que en América son más de 200 grupos, y su derecho a la autodeterminación, por encima de los intereses económicos de los Estados”, explicó Pedro Bermeo, coordinador jurídico del colectivo Yasunidos.
Para Mario Melo, abogado del caso y director nacional de Ciencias Sociales y Humanidades de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, “con esta sentencia queda claro que el ámbito de los derechos humanos protege todos los estilos de vida, también el estilo de vida de las personas que han decidido vivir en aislamiento”.
La decisión de la Corte “es un hito que está dejando un precedente para los países de Latinoamérica y para el mundo”, dijo Juan Bay, presidente de la Nacionalidad Waorani del Ecuador, NAWE. “La defensa que estamos haciendo no es solo para los pueblos indígenas, si no es para la sociedad, para la humanidad, para el mundo global”, precisó.
El fallo declara culpable al estado ecuatoriano
El fallo de la Corte IDH compromete al Estado ecuatoriano a cumplir el resultado de la consulta popular de agosto de 2023, en la que el 59 por ciento de los participantes votó a favor de detener la explotación petrolera y mantener bajo tierra el crudo del Yasuní, uno de los lugares más biodiversos del mundo.
Tras esa consulta, el gobierno de Daniel Noboa debió realizar el cierre progresivo y ordenado de la extracción petrolera en esa zona, lo que implicaba retirar la maquinaria y cerrar los pozos en operación en un periodo máximo de 18 meses. Sin embargo, apenas unos días después de la votación, el gobierno invalidó el resultado y advirtió que continuaría con las actividades de extracción de petróleo en Yasuní, incluso con licitaciones para la inversión extranjera.
“Lo que está diciendo la Corte al Estado es que tiene que cumplir con este mandato popular, no solamente por respetar la democracia del país, sino porque además se garantizan los derechos de los pueblos indígenas en aislamiento.
Esto es inapelable, y obligado para el gobierno actual y para el que se elija en abril de este año”, sostuvo Bermeo. El próximo 13 de abril Ecuador tendrá la segunda vuelta electoral, para elegir al próximo presidente entre Daniel Noboa, de centroderecha y actual presidente, y Luisa González, apoyada por el expresidente Rafael Correa.
Los Tagaeri y Taromenane son pueblos indígenas en aislamiento voluntario (PIAV). Comparten la región del Yasuní con otros grupos indígenas de reciente contacto, como los Waorani, pero con escaso contacto con otras poblaciones. También son llamados pueblos ecosistémicos porque “viven en estricta relación de dependencia con su entorno ecológico”, señaló la CIDH.
“Los territorios donde viven los pueblos de aislamiento en el Ecuador son importantes para el equilibrio climático y si existen es probablemente porque esos pueblos los han defendido. En ese sentido, los de Yasuní son pueblos ecosistémicos”, aclaró Melo.
A pesar de que en 1999 el gobierno ecuatoriano declaró la Zona Intangible Tagaeri Taromenane (“ZITT”) para garantizar que estos pueblos se mantuvieran en aislamiento y libres de cualquier actividad extractiva, en 2007 fue declarada “zona de interés nacional” con lo que se autorizó la extracción de petróleo tanto en los Bloques 31 y 43, como en el Campo Armadillo y, con ello, comenzó una serie de presiones sobre estos pueblos indígenas.
“Los pueblos en el Yasuní, tanto los Waorani como los pueblos en aislamiento voluntario, vivimos en la primera línea de las consecuencias de la industria petrolera. El petróleo nos ha traído problemas sociales, ambientales, cambio de cultura, de lengua y esto ha significado la muerte”, aseguró Bay.
Los costes del extractivismo son insoportables
Como parte de su sentencia, la CIDH se basó en relatorías especiales de derechos humanos y otros análisis que se hicieron en la región del Yasuní durante las últimas dos décadas, las cuales alertaban que las concesiones petroleras en esa región estaban generando otras formas de explotación, como la extracción ilegal de madera.
Hay una “situación de vulnerabilidad que afecta en particular a los pueblos Tagaeri y Taromenane debido a actividades de extracción de madera, pesca y cacería ilegal en sus territorios”, lo que ha favorecido la llegada de terceros en el área y cambios significativos en la composición territorial, ecológica, social y cultural del área, dice uno de estos reportes.
Algunos estudios han concluido que la huella ecológica de la extracción de petróleo en el Yasuní ha sido costosa, con daños graves como la acidificación del suelo, la ecotoxicidad terrestre, la reducción de la salud humana y la pérdida de calidad en el ecosistema.
La Corte en su sentencia destaca impactos como “la fragmentación del bosque debido a la construcción de carreteras, el ruido de maquinarias (generadores, taladros, bombas, helicópteros, motosierras, camiones) y la detonación de explosivos usados en la prospección petrolera que afectan gravemente a las poblaciones animales de las cuales dependen estos pueblos cazadores”.
También los Waorani han vivido estos impactos en su entorno. “Ahora es difícil cosechar la yuca, el plátano, o hacer actividades básicas como pescar. Hay una incidencia de contaminación tan fuerte que ha llevado a la aparición de enfermedades entre nuestra población”, aseguró Bay.
Estas presiones han desencadenado, incluso, problemas sociales y enfrentamientos entre los mismos pueblos indígenas del Yasuní con consecuencias fatales como las muertes violentas de miembros de los pueblos Tagaeri y Taromenane ocurridas en 2003, 2006 y 2013, de las que también hizo responsable la Corte al Estado ecuatoriano.
SciDev.Net solicitó una declaración a la Presidencia de Ecuador sobre la sentencia de la Corte IDH, pero hasta el cierre de esta información no había respondido. Por Aleida Rueda.