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viernes, marzo 24, 2023

El CSN se pone de ‘perfil blando’ al abrir un expediente sancionador a la central nuclear de Santa María de Garoña por incumplir la protección radiológica

Según el organismo regulador se ha incumplido de manera «reiterada» el manual de protección radiológica de la central nuclear que se encuentra en situación de cese de explotación.

El pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha propuesto al Ministerio para la Transición Ecológica que abra un expediente de infracción a Nuclenor, titular de la central nuclear de Santa María de Garoña (Burgos) por infracción leve.

En caso de que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico tenga a bien abrir expediente de infracción a Nuclenor, deberá determinar el grado de la misma.

De acuerdo con la Ley de creación del CSN, las infracciones de carácter leve pueden conllevar una multa que en su grado mínimo asciende a 15.000 euros; de 15.001 a 150.000 euros si el Ministerio determina que la infracción leve es en grado medio y hasta 300.000 euros en caso de optar por una sanción en grado máximo.

La planta, según el CSN, incumplió este manual en lo relativo a las responsabilidades del programa ALARA (acrónimo de los términos en inglés As Low As Reasonably Achievable). Si bien, se considera infracción leve porque no ha tenido repercusión en la seguridad de las personas, del medioambiente o de la instalación.

Además, añade que el incumplimiento quedó constatado en una inspección que se realizó en marzo del año pasado en la que el CSN identificó diversas desviaciones en el objetivo anual de dosis colectiva que no resultaban acordes con la planificación.

Asimismo, se constató que no se habían abierto registros en el programa de acciones correctoras para reconducir ese objetivo anual de dosis.

De este modo, el Ministerio, en base a un criterio de proporcionalidad y de acuerdo con las circunstancias, deberá determinar el grado de la infracción.

Para ello, deberá evaluar la magnitud del daño causado a las personas, los bienes o el medio ambiente, algo que el CSN no ha detectado; la duración de la situación de peligro derivada de la infracción; el impacto de la conducta infractora sobre la seguridad de la actividad.

Otras de las cuestiones que habrá de valorar es la existencia o no de antecedentes de sobre exposición a radiaciones ionizantes delpersonal trabajador y del público, en el término de dos años, así como los antecedentes de gestión de la seguridad en la actividad en término de dos años.

Del mismo modo, deberá analizar si Nuclenor ya incumplió advertencias previas, requerimientos o apercibimientos de las autoridades competentes, así como la falta de consideración de las comunicaciones del personal trabajador, de sus representantes legales o de terceros, relacionadas con la seguridad nuclear o la protección radiológica.

Igualmente, valorará si el titular de Santa María de Garoña obtuvo beneficio como consecuencia de la infracción y si hubo o no intencionalidad o negligencia en la comisión de esta siempre que estas circunstancias no estén consideradas en la tipificación de la infracción y su reiteración.

En esa línea, tendrá también en cuenta la diligencia del titular a la hora de detectar e identificar los hechos y su comunicación a las autoridades competentes.

Del mismo modo, valorará si ha procedido a subsanar de manera inmediata a iniciativa propia las causas y efectos de la infracción y si colaboró o no con la autoridad competente a la hora de esclarecer los hechos. También tendrá en cuenta la reincidencia durante dos años y si se ha producido una o más infracciones de la misma naturaleza.

Nueva instrucción

Durante el pleno del Consejo también se ha aprobado una Instrucción de Seguridad (IS-44) sobre los requisitos de planificación, preparación y respuesta ante emergencias en instalaciones nucleares y una tarjeta de identidad profesional de los inspectores del cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

En la IS-44 se recogen los aspectos fundamentales que deben seguir los titulares de las instalaciones nucleares españolas para gestionar de forma adecuada una emergencia en cada una de las fases de vida y mientras almacenen material nuclear en sus instalaciones.

Con esta nueva IS no se busca suplir ninguna laguna normativa, sino consolidar en un único documento todos los apartados que permiten una adecuada gestión de emergencias en el interior de las instalaciones nucleares.

Las instrucciones de seguridad son normas de seguridad nuclear y protección radiológica de carácter vinculante para los sujetos afectados por su ámbito de aplicación, una vez publicadas en el Boletín Oficial del Estado.

Por otro lado, el Pleno ha aprobado la propuesta para crear una tarjeta de identidad profesional de los inspectores del cuerpo de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica.

El documento permitirá identificar y acreditar de los inspectores del CSN así como su carácter de agentes de la autoridad en las instalaciones inspeccionadas.

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