Actualizar

viernes, junio 9, 2023

Cataluña hará la recogida selectiva de la materia orgánica para el 2010

La Ley 6/1992, reguladora de residuos, estableció la obligatoriedad de la recogida selectiva de la fracción orgánica de los residuos municipales en los municipios catalanes de más de 5.000 habitantes. Se trata de una medida que, entre otras cosas, favoreció el inicio de la construcción de instalaciones de tratamiento de los residuos orgánicos para transformarlos en compost. Los primeros municipios de Cataluña en implantar la iniciativa fueron Torrelles de Llobregat y Molins de Rei en 1996.

En la actualidad, se calcula que cerca del 59% de los municipios catalanes recogen selectivamente la fracción orgánica de sus residuos, pero a partir de 2010 la normativa vigente obligará a hacerlo en todo el territorio.

Y es que, en 2008, el Parlamento de Cataluña modificó la ley y estableció por unanimidad la obligatoriedad de aplicarla en todos los municipios catalanes independientemente del número de habitantes de los mismos. En este contexto, las localidades de Cataluña han elaborado un Plan de desarrollo de la recogida selectiva de esta fracción, a través de sistemas de separación y de recogida más eficientes y adecuados en su ámbito territorial.

El siguiente paso será la evaluación, por parte de la Agencia de Residuos de Cataluña (ARC), de dichos planes y una vez los apruebe, los municipios deberán comenzar su aplicación.

A partir de ahí, los municipios que no pongan en marcha la recogida selectiva de la materia orgánica y que cuenten en su ámbito territorial con una instalación de tratamiento, deberán pagar un canon adicional de 10 euros por tonelada en el destino final de sus residuos a partir del 1 de enero de 2010.

udalsarea21.net

ARTÍCULOS RELACIONADOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Otras noticias de interés