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lunes, marzo 27, 2023

MARM. Financiación de infraestructuras rurales y del ciclo integral del agua en Cataluña

La modificación autorizada viene motivada debido a que, tras la constitución de la Comisión Mixta de Seguimiento del convenio, quedó de manifiesto que las actuaciones contempladas en los puntos 2 (regadíos) y 3 (caminos rurales) del convenio no habían podido licitarse y, por lo tanto, no podrían ejecutarse en el año 2009. Por ello, se decidió solicitar que las actuaciones previstas sean sustituidas por otras de igual naturaleza y que no signifiquen cambio alguno en la envolvente financiera del convenio.

La firma de este convenio, suscrito el pasado 5 de octubre, da cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Cataluña, según la cual la inversión del Estado en Cataluña, excluido el Fondo de Compensación Interterritorial, se equiparará a la participación relativa del producto interior bruto del Estado para un período de siete años.

MARM

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