En esta convocatoria son objeto de subvención aquellas actuaciones vinculadas a la promoción de la actividad física, entendiendo como tal, el conjunto de conductas motrices llevadas a cabo durante el tiempo libre o la vida cotidiana que implican un gasto energético mayor que el que una persona tiene cuando está en reposo.
Podrán ser subvencionadas las siguientes actuaciones:
* Actuaciones orientadas a la promoción de estilos de vida activos en la población y en especial en la más sedentaria, entendiendo como tal el estilo de vida que integra la actividad física en las actividades de la vida diaria.
* Actuaciones orientadas a aprovechar las oportunidades que ofrecen los espacios urbanos adecuándolos para la práctica de actividad física.
* Actuaciones orientadas a la promoción de la movilidad activa en el municipio bien sea a pie o en bicicleta.
* Actuaciones orientadas a aumentar las oportunidades que ofrece el entorno físico para los desplazamientos activos y seguros a los centros escolares, centros de trabajo, y centros estratégicos del municipio.
Queda expresamente excluida como acción financiable la construcción de vías ciclistas.
La adjudicación de las ayudas se realizará mediante concurso y el plazo de presentación de las solicitudes finalizará un mes después de su publicación en el BOPV.
El reparto de las ayudas, que ascienden a 225.000 euros, se realizará de la siguiente manera: hasta un 80% del importe de los gastos subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por proyecto en municipios de menos de 7.000 habitantes, y hasta el 50%, con un máximo de 8.000 euros, en el caso de las localidades que superen los 7.000 habitantes.