La nueva normativa de seguridad IEC EN 62560 es de aplicación desde enero del 2012. Junto con la norma ISO EN 60598, esta nueva norma regula los aspectos de seguridad para lámparas, luminarias, semi-luminarias y “retro-acoples” de tecnología LED.
Aunque la normativa no esté recogida en la RBT española, sigue siendo de aplicación por los acuerdos europeos EN, y un dispositivo que no cumpla no puede llevar el marcado CE.
En términos prácticos, las normativas EN 62560 y EN 60598 regulan los siguientes aspectos de los dispositivos:
- Ninguna parte del dispositivo al alcance del instalador, manipulador o del usuario puede estar bajo tensión ni presentar riesgo de electrocución.
- La incorporación de un dispositivo distinto del original debe permitir un retorno fácil y sencillo al estado original sin con ello presentar riesgo de cortocircuito o electrocución del manipulador. Los dispositivos que requieran una modificación en el cableado de la luminaria no cumplen la normativa.
Aplicando estos dos aspectos a los famosos “Tubos de LED”, nos encontramos con lo siguiente:
- Si el tubo de LED no se suministra OBLIGATORIAMENTE con un dispositivo destinado a reemplazar el cebador en una luminaria de balasto electromagnético, este tubo LED se alimenta eléctricamente por ambos extremos del tubo. Esta circunstancia provoca que cuando insertamos un extremo del tubo en el portalámparas de la luminaria, el otro extremo queda bajo tensión y presenta riesgo de electrocución del manipulador. Esto se traduce en que: EL TUBO DE LED QUE NO SE SUMINISTRE con un dispositivo que reemplace el cebador, no cumple la normativa, LUEGO SU COMERCIALIZACIÓN EN LA UNIÓN EUROPEA ES ILEGAL.
- Para instalar un Tubo de LED en una luminaria 2 x 18W o 4 x 18W (cada pareja de tubos fluorescentes suelen compartir un solo balasto electromagnético), es necesario modificar la configuración del cableado interno de la luminaria. Esta modificación impide una vuelta al estado original sencilla y sin peligros, luego queda fuera de las normativas. Traducción: LOS TUBOS DE LED DE 60 CM INSTALADOS EN LUMINARIAS DE MÁS DE UN TUBO SON ILEGALES, aunque se suministren con dispositivo sustitutivo del cebador.
Asimismo, el uso de Tubos de LED en luminarias de balasto electrónico, salvo los que tengan esa compatibilidad (solo hay 2 marcas chinas), contraviene las citadas normativas, por ser necesario modificar el cableado interno de la luminaria.
Dado lo anteriormente expuesto, es probable que más del 80% de la oferta de Tubos de LED esté al margen de la legalidad.
¿Cómo protegerse contra esta práctica? Es bastante sencillo.
CERTIFICADOS CE. La mayoría de distribuidores de dispositivos eléctricos le darán una copia de los certificados CE, uno para seguridad (LVD) y otro para compatibilidad electromagnética (EMC), expedidos por laboratorios solventes instalados en el país de origen del dispositivo.
SEPAN QUE ESTOS DOCUMENTOS NO SON SUFICIENTES. El certificado CE solo certifica la(s) muestra(s) sometidas al laboratorio. No implica ninguna auditoría del proceso de fabricación, ni le protege de actuaciones ilícitas del fabricante que suele abaratar el dispositivo que finalmente exporta hacia Europa.
ES NECESARIO EXIGIR UNA DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD, con la enumeración de todas las normativas aplicables al dispositivo. La declaración de conformidad es un documento por el cual el distribuidor principal en Europa, identificado con DNI, nombre, apellidos y dirección particular, declara ser responsable de verificar periódicamente la aplicación de las normativas a los dispositivos que importa en Europa.
Sepa que si Ud. compra o instala un dispositivo sin exigir la citada Declaración de Conformidad, la responsabilidad de cualquier siniestro, imputable al dispositivo, en su local, recae sobre Ud. como propietario o como instalador.
Todo lo expuesto es también aplicable a los adaptadores T8 a T5 que usan fluorescentes. En España solo hay una marca de adaptadores que cumple lo anterior al 100%: Eco-Tubo® (el auténtico con la marca registrada).
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