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El Gobierno ha desestimado el requerimiento presentado por la Generalitat de Cataluña contra el real decreto que regula la producción de electricidad a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, argumentando que al aprobarlo no invadió las competencias de la comunidad autónoma.
Mediante un acuerdo del Consejo de Ministros, el Ejecutivo contesta al requerimiento de incompetencia formulado en vía constitucional por el Consejo de Gobierno de la Generalitat respecto de determinados preceptos del real decreto del 6 de junio de 2014.
Ese requerimiento de incompetencia, que pide la derogación de varios artículos y una disposición final o una redacción distinta de los mismos, se fundamenta en que algunos preceptos invaden la competencia de Cataluña en el desarrollo legislativo de las bases del sector energético, de acuerdo con su Estatuto de Autonomía.
El Gobierno entiende que el requerimiento debe ser desestimado por varios motivos. En primer lugar, argumenta que la Constitución reconoce la competencia del Estado en lo relativo a las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, la autorización de las instalaciones eléctricas cuando su aprovechamiento afecte a otra comunidad o el transporte de energía salga de su ámbito territorial, y las bases del régimen energético y minero.
Además, según el Ejecutivo central, es competencia del Estado regular esta materia en un régimen económico armónico y coherente del sector eléctrico. Así, recuerda que, según el Tribunal Constitucional, la regulación de un régimen económico único para todo el territorio "tiene naturaleza básica, al ser necesaria esa regulación uniforme para calcular la retribución de los distintos operadores que realizan las diferentes actividades destinadas al suministro eléctrico y para repercutir los costes sobre los consumidores".
Por último, el Gobierno considera que las características del sistema eléctrico hacen necesario reservar la competencia al Estado sobre autorización de instalaciones eléctricas en ámbitos superiores al territorio de una comunidad autónoma.
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